Congreso despachó ley que impide a condenados por femicidio y violencia intrafamiliar recibir pensión de sobrevivencia
- Por Arnaldo Sepúlveda | Aton
¿Qué pasó?
La Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que impide que condenados por delitos como femicidio, homicidio y lesiones, en el contexto de violencia intrafamiliar, puedan recibir la pensión de sobrevivencia. La norma ya había sido aprobada por el Senado.
Esta jornada, la Sala respaldó por unanimidad la norma que establece que los Juzgados de Garantía y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal deberán declarar en la sentencia, la relación familiar entre el condenado y víctima.
Además, los tribunales deberán notificar a la Superintendencia de Pensiones los condenados que se encuentren en esta situación. Por su parte, el organismo informará a las Administradoras de Fondos de Pensiones y a las Compañías de Seguros de Vida.
Ir a la siguiente nota¿Qué dijo la ministra de la Mujer?
La ministra de la Mujer, Judith Marín, señaló que "prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres nos parece fundamental, y eso es lo que viene a hacer este proyecto de ley, a ser coherentes con la condena, condenando la violencia contra las mujeres".
"No puede ser que quien ha cometido delitos de la mayor gravedad, como femicidio, violación o violencia intrafamiliar, pueda además acceder a beneficios económicos derivados de la persona agredida. Esta ley corrige esa inconsistencia y fortalece la protección de las familias", resaltó.
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