Ley 40 horas: ¿Cómo se cuenta el horario de colación?
La jornada laboral debe incluir un descanso para la colación; este tiempo puede variar según el tipo de trabajo o según lo que establezca cada empleador.
No obstante, el Código del Trabajo establece que la jornada laboral se divide en dos partes y ese lapso entre ambas partes se debe destinar a la colación, que, según la ley, debe durar al menos 30 minutos.
¿Cómo se cuenta la hora de colación en el contexto de la Ley 40 Horas?
Es sabido que en 2024 entró en vigencia la Ley 40 Horas, proyecto que ha reducido la jornada laboral gradualmente y que a la fecha va en 42 horas de trabajo para empleados.
Ir a la siguiente notaPor esto, ha surgido la duda sobre si se cuenta o no la hora de colación ahora que se han disminuido las horas de trabajo.
Pero este tema no ha cambiado con la Ley 40 Horas: la hora de colación no cuenta como hora trabajada. El artículo 34 del Código del Trabajo mantiene que la jornada laboral debe dividirse en dos partes, con un lapso intermedio para la colación de al menos media hora.
Si bien la autoridad no establece un máximo para la colación, sí autoriza que el trabajador y su jefatura puedan acordar un periodo de descanso más largo, aunque precisa que no debe ser mayor de lo que se necesita para comer.
Esto se debe a que la colación se considera una comida moderada para recuperar energías tras la primera parte de la jornada.
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