Indemnización por años de servicio: ¿Qué se considera para calcular el monto?
La indemnización legal por años de servicio se calcula considerando la denominada “última remuneración”, concepto que contempla los pagos que el trabajador recibe por la prestación de sus servicios al momento de finalizar el contrato. Así lo explica la Dirección del Trabajo (DT) en su Centro de Consultas.
¿Qué pagos se consideran?
Según la DT, deben incluirse los pagos que el trabajador esté percibiendo mensualmente. Entre ellos se encuentran:
- Sueldo.
- Comisiones.
- Bonos mensuales.
- Semana corrida.
- Asignaciones de colación y movilización.
- Cheques restaurant.
- Desgaste de herramientas.
- Viáticos.
La Dirección del Trabajo también señala que deben considerarse las imposiciones y las regalías o especies avaluadas en dinero.
En el caso de la gratificación, si esta se paga mes a mes, sea legal o convencional, también debe incorporarse al cálculo de la indemnización por años de servicio.
¿Qué pagos quedan fuera?
La información de la DT establece que, aunque se paguen mensualmente, no deben incluirse las horas extraordinarias ni las asignaciones familiares.
También quedan fuera los pagos que no son mensuales, como los aguinaldos de Fiestas Patrias o Navidad, y aquellos que se pagan una vez al año, como la gratificación anual.
La Dirección del Trabajo precisa además que beneficios como la colación proporcionada por la empresa o la casa de habitación pueden formar parte de la base de cálculo, incluso cuando no estén avaluados por las partes en el contrato de trabajo.
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