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Duro golpe a Joyvio y triunfo para Isidoro Quiroga: Corte anula fallo que ordenaba restituir US$300 millones por Australis

La Corte de Apelaciones de Santiago anuló íntegramente el laudo arbitral que había condenado a los antiguos controladores de Australis Seafoods a restituir cerca de US$300 millones a la empresa china Joyvio, en un fallo que representa un importante triunfo judicial para el empresario Isidoro Quiroga y un duro revés para la compañía asiática.

En una sentencia de 37 páginas, la Novena Sala del tribunal de alzada capitalino acogió la acción de nulidad presentada por los vendedores de la salmonera y concluyó que los árbitros resolvieron una controversia distinta a la que había sido sometida a su conocimiento.

Según la Corte, el principal problema del fallo arbitral (o laudo) fue que terminó concediendo una restitución parcial del precio pagado por Australis, pese a que dicha acción nunca fue ejercida por los demandantes ni constituyó el objeto del debate durante el arbitraje.

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“La sentencia arbitral no es congruente con la descripción del caso que las partes hicieron”, sostiene el fallo.

Más adelante agrega que el tribunal arbitral “acogió una acción distinta a la ejercida y debatida en el proceso arbitral”, sustituyendo “una acción indemnizatoria nominada, fundada en el comportamiento doloso de la demandada, por una restitutoria de rebaja del precio”.

La decisión judicial deja sin efecto uno de los fallos arbitrales más relevantes de los últimos años en Chile y reabre la disputa derivada de la compra de Australis Seafoods por parte de Joyvio, operación concretada en 2019 por aproximadamente US$920 millones.

El origen del conflicto

El conflicto se remonta a la adquisición de Australis por parte de la empresa china Joyvio. Tras concretarse la operación, los compradores acusaron a los vendedores de haber ocultado información relevante relacionada con la producción de salmones y eventuales contingencias regulatorias y ambientales de la compañía.

Sobre esa base, Joyvio presentó una demanda arbitral solicitando, en primer término, la resolución del contrato de compraventa y una indemnización de perjuicios. De manera subsidiaria, pidió ser compensada por el supuesto sobreprecio que habría pagado en la transacción.

Durante el juicio arbitral, la empresa sostuvo que las denominadas “declaraciones y garantías” contenidas en el contrato de compraventa eran falsas y que los vendedores conocían antecedentes relevantes que no fueron informados oportunamente.

El fallo arbitral que quedó sin efecto

El tribunal arbitral rechazó la solicitud principal de resolver el contrato y descartó la existencia de dolo en los términos planteados por Joyvio. Sin embargo, igualmente acogió parte de las pretensiones de la empresa china y ordenó una restitución parcial del precio pagado por Australis.

Para los vendedores, esa decisión constituyó una extralimitación de los árbitros, ya que —según alegaron— el arbitraje nunca discutió una acción de rebaja del precio, sino exclusivamente acciones indemnizatorias derivadas de un supuesto incumplimiento contractual.

Esa tesis fue finalmente acogida por la Corte de Apelaciones.

“Jamás fue objeto del debate”

En uno de los pasajes más críticos de la sentencia, los ministros sostienen que “jamás fue objeto del debate la procedencia de una acción restitutoria parcial específica, como es la de rebaja del precio”.

La Corte agrega que el tribunal arbitral terminó resolviendo “como si se tratara de una acción de restitución por rebaja del precio, alejándose de la base inmediata de la demanda”.

Asimismo, cuestiona que los árbitros hayan reinterpretado la naturaleza jurídica de las pretensiones formuladas por Joyvio.

“Ello no autorizaba al tribunal (…) a arribar a una decisión que se apoyaba en una caracterización normativa no postulada por las partes, desviándose del objeto pedido”, señala la resolución.

Según el fallo, no existió correspondencia entre lo que efectivamente demandó Joyvio y lo que finalmente resolvió el tribunal arbitral.

La causal de nulidad

A juicio de la Corte, el vicio detectado encuadra en una de las causales expresamente previstas en la Ley de Arbitraje Comercial Internacional, aplicable cuando un laudo contiene decisiones que exceden los términos del acuerdo arbitral o se refiere a materias que no fueron sometidas a conocimiento de los árbitros.

Por esa razón, el tribunal concluyó que la invalidez afectaba elementos esenciales del razonamiento contenido en el laudo y descartó la posibilidad de anular solo algunas de sus disposiciones.

En consecuencia, resolvió dejar sin efecto la totalidad de la sentencia arbitral dictada en el procedimiento seguido ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago.

La decisión constituye, hasta ahora, la mayor victoria judicial obtenida por los antiguos controladores de Australis desde que se inició el conflicto con Joyvio y representa un significativo revés para la compañía china, que pierde el fallo favorable que había obtenido en el arbitraje.

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