Despedida dos veces y sin pruebas: Tribunal ordena pagar más de $12 millones a trabajadora en España
- Por Cristian Latorre
¿Qué pasó?
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en España, ordenó a una tienda de pinturas indemnizar a una trabajadora con 11.249 euros (equivalentes a $12.082.438 pesos chilenos), luego de ser despedida en dos ocasiones, incluso tras haber sido readmitida en medio de un proceso judicial.
La mujer se desempeñaba desde septiembre de 2023 como dependienta-vendedora, combinando también labores administrativas.
El primer despido
Según consignó Noticias Trabajo del Huffington Post, el primer despido ocurrió el 12 de abril de 2024 y fue justificado por la empresa debido a una supuesta disminución voluntaria y continuada en su rendimiento.
Sin embargo, el Juzgado de lo Social N°6 de Oviedo declaró nulo el despido en septiembre de 2024. En esa resolución —que posteriormente fue recogida en la nueva sentencia— se estableció que “el despido no se debe a ningún incumplimiento por parte de la trabajadora”, apuntando a que el verdadero conflicto radicaba en la intención de la empresa de modificar su horario o jornada, lo que ella rechazó.
Tras ese fallo, la trabajadora se reincorporó a sus funciones el 25 de septiembre de 2024.
Ir a la siguiente notaNuevo conflicto y segundo despido
Pocos días después de su regreso, la empresa cambió su centro de trabajo, trasladándola temporalmente a una tienda en Gijón.
El 24 de octubre, al revisar su correo electrónico, encontró un mensaje del jefe de ventas en el que se le atribuía la desaparición de varios bidones y botes de pintura en locales de Gijón y Meres. Sin embargo, el TSJ acreditó que la empresa nunca revisó el inventario: "ni siquiera se acredita objetivamente la desaparición de los objetos".
Ese mismo día, la trabajadora inició una baja médica por incapacidad temporal derivada de enfermedad común, con diagnóstico de trastorno de ansiedad generalizada.
Seis días después, el 30 de octubre, presentó además una denuncia ante la Inspección de Trabajo por conductas empresariales que consideraba lesivas para su dignidad profesional.
El conflicto continuó escalando y el 19 de noviembre la empresa abrió un expediente disciplinario. Finalmente, el 19 de diciembre de 2024 se le comunicó un segundo despido disciplinario.
En la carta de despido se le imputaban tres hechos: la supuesta desaparición de bienes de la empresa —insinuando un posible beneficio personal—, haber insultado al gerente con expresiones como “sinvergüenza” y “desgraciado”, y haber calificado en los mismos términos a otros responsables.
Fallo del tribunal
No obstante, la sentencia establece que “no se han acreditado los hechos contenidos en la carta de despido”. Tanto el juzgado como el Tribunal Superior de Justicia de Asturias coincidieron en que la empresa no presentó pruebas suficientes para sustentar las acusaciones.
A partir de ello, el tribunal concluyó que “no existe ninguna prueba de los hechos imputados” y que se produjo “una quiebra de la garantía de indemnidad” de la trabajadora, quien además se encontraba con licencia médica al momento del segundo despido.
Por esta razón, el TSJ desestimó el recurso de la empresa y confirmó íntegramente la nulidad del segundo despido, la readmisión de la trabajadora, el pago de los salarios de tramitación y una indemnización de 11.249,50 euros por vulneración de derechos fundamentales.
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