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Ley 40 horas: ¿Para quiénes no aplica la reducción de la jornada laboral?

La reducción gradual de la jornada con la Ley 40 Horas continúa avanzando hacia su meta final. Con la entrada en vigencia 42 horas semanales este domingo 26 de abril, tanto empresas como trabajadores deberán adaptarse a las nuevas normativas.

Sin embargo, no todos los trabajadores están sujetos a estos cambios, ya que existen excepciones legales que dejan fuera a ciertos grupos regidos por modalidades de trabajo distintas.

¿Para quiénes no aplica la Ley 40 Horas?

De acuerdo a ChileAtiende, quienes no se ven beneficiados por esta reducción son los funcionarios del sector público (de planta, a contrata o a honorarios), ya que están regidos por el Estatuto Administrativo.

En este sentido, es importante recordar que la normativa es exclusiva para trabajadores del sector privado, regidos por el Código del Trabajo.

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Por otro lado, se redujo el número de personas no tienen límite de jornada bajo el artículo 22. Solo tendrán esta condición quienes ejerzan cargos de alta gerencia o aquellos cuyas funciones no permitan una fiscalización superior, por el tipo de labor.

¿Qué otros cambios incluye la Ley 40 Horas?

La legislación introdujo nuevas medidas de flexibilidad y corresponsabilidad familiar para los trabajadores beneficiados, como:

  • Horas extra por días libres: empleador y trabajador pueden acordar por escrito compensar las horas extra ejercidas con dinero o días de feriado. Por cada hora extra trabajada, se otorga una hora y media de descanso.
  • Bandas horarias para padres: progenitores o tutores de niños de hasta 12 años pueden adelantar o retrasar su horario de entrada y salida hasta en una hora. Requiere presentar el certificado de nacimiento o de tuición legal.
  • Jornadas 4x3: se habilita la opción de pactar una semana laboral distribuida en cuatro días de trabajo y tres días de descanso continuo, siempre y cuando se respeten los límites de horas semanales vigentes.
  • Nuevos límites de jornada parcial: el tope máximo legal pasa a ser de 30 horas semanales.
  • Trabajadoras de casa particular: quienes laboran en modalidad “puertas afuera” no pueden trabajar más de 40 horas semanales. Si trabajan “puertas adentro”, tendrán dos días de descanso adicionales de libre disposición por mes.

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