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Horario de colación: ¿En qué casos no se otorga?

La legislación laboral chilena establece que el horario de colación es un derecho fundamental del trabajador, ya que es un período de 30 minutos destinado al consumo de alimentos y la reposición de energías.

Si bien es una pausa necesaria que divide en dos la jornada, existen condiciones específicas en las que no es necesario otorgarla, quitando al empleador la obligación de otorgar este tiempo de descanso.

¿Cuándo no es obligatorio otorgar un horario de colación?

La Dirección del Trabajo (DT) aclara que no resulta necesario en una jornada diaria de dos o tres horas, debido a lo reducido de su extensión y a que no se considera que el trabajador sufra un desgaste que requiera la ingesta de una comida ligera.

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Sin embargo, cuando se trata de un contrato a tiempo parcial (menos de 30 horas semanales), sí se mantiene el derecho a la colación. En estos casos, la interrupción del turno puede ser de 30 minutos a una hora.

Esta medida solo aplicará si la cantidad de horas trabajadas y/o el tipo de labor realizada amerita realmente ese descanso.

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