Ley 40 Horas: ¿Puedo adelantar o atrasar mi jornada laboral para cuidar a mi hija/o?
- Por Meganoticias
Con la implementación de la Ley 40 horas, se introdujeron nuevos derechos para equilibrar la vida familiar y laboral. Uno de ellos permite ajustar el horario de entrada y salida en caso de tener hijos.
La medida busca facilitar que los trabajadores cumplan con su responsabilidad parental, permitiendo un cambio que no implica una reducción de sueldo, sino una flexibilización acordada con el empleador.
¿Puedo adelantar o atrasar mi jornada?
Según ChileAtiende, los trabajadores pueden ejercer el derecho a adelantar o atrasar hasta por una hora su horario laboral, solo en caso de cuidado personal del niño o niña, quien debe ser menor de 12 años.
Bajo este motivo, tendrán que entregar al empleador el certificado de nacimiento o la sentencia que otorgue el cuidado personal del menor. Además, las madres pueden elegir si aplicarlo ellas mismas o el padre del niño/a.
El empleador debe aceptar la solicitud del trabajador, salvo en los siguientes casos:
- La empresa funciona en un horario que hace imposible adelantar o atrasar la jornada.
- El empleo requiere atender presencialmente a personas en horarios fijos.
- Ejerce funciones en trabajos que requieren de atención inmediata y presencia constante, como ambulancias, servicios de emergencias o similares.
- Trabaja en un sistema de rotación estricta, donde la ausencia desajusta el turno siguiente.
- Ejerce labores de vigilancia.
- Ejerce funciones indispensables para otros compañeros de trabajo, como conductor que traslada al equipo.
En caso de negarse la solicitud y no pertenecer a alguno de dichos trabajos, el empleado puede reclamar ante la Inspección del Trabajo para resolver la situación.
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