Madre deberá devolver casi $9 millones que recibió por pensión alimenticia: ¿Por qué la Justicia ordenó restituirlos?
- Por Vicente Guzmán
¿Qué pasó?
Una mujer deberá devolver $8.794.092 que recibió para el pago de una deuda de pensión alimenticia, luego de que la Corte Suprema rechazara el recurso con el que buscaba revertir la decisión judicial.
Aunque el dinero provenía de una obligación alimenticia pendiente, los tribunales determinaron que ella no estaba legalmente habilitada para cobrar esos fondos.
¿Por qué la madre debe devolver los casi $9 millones?
El caso se remonta a una deuda de pensión alimenticia que un padre mantenía con sus dos hijos. Durante la pandemia, parte de sus ahorros previsionales en AFP Habitat fueron retenidos para cubrir esos pagos pendientes, pero los $8.794.092 terminaron en manos de la madre y no de sus hijos, que tenían 35 y 32 años.
Ir a la siguiente notaPosteriormente, el Juzgado de Familia de Temuco determinó que la mujer no estaba autorizada para solicitar y recibir ese dinero. Por ello, el padre presentó una demanda para recuperar la suma, argumentando que se había pagado a una persona que no tenía derecho a cobrarla directamente, según publicó Diario Constitucional.
La legislación permite que, bajo ciertas condiciones, el padre o la madre con quien vive un hijo mayor de edad pueda cobrar la pensión alimenticia en su representación. De hecho, la mujer sostuvo que sus hijos vivían con ella y que el dinero correspondía a una deuda efectiva. Sin embargo, los tribunales concluyeron que no estaba facultada para recibir esos fondos.
El 3 de marzo de 2025, el Tercer Juzgado Civil de Temuco ordenó que la mujer devolviera el dinero, decisión que fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Temuco en julio de 2026. La sentencia también estableció que debía restituirlo con los reajustes e intereses correspondientes.
La defensa de la mujer
La mujer recurrió a la Corte Suprema para intentar revertir el fallo. Entre sus argumentos, sostuvo que el dinero correspondía a una deuda de pensión alimenticia que efectivamente existía y que había recibido los fondos en representación de sus hijos que vivían con ella.
Sin embargo, la Corte Suprema concluyó que los argumentos presentados no permitían cambiar los hechos que ya habían establecido los tribunales anteriores. Estos determinaron que la mujer no tenía autorización para cobrar directamente el dinero y que su recepción aumentó su patrimonio sin una justificación legal.
Por ello, el 9 de octubre de 2026 rechazó el recurso de casación, manteniendo la obligación de devolver los $8.794.092.
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