Dirección del Trabajo fija nueva regla para trabajadores que cambien de sindicato: Así funcionará
- Por Cristian Latorre
¿Qué pasó?
La Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen que regula qué ocurre cuando un trabajador decide desafiliarse de un sindicato para incorporarse a otro mientras mantiene vigente un instrumento colectivo.
La nueva interpretación emitida el pasado 23 de junio busca dar mayor claridad sobre los efectos que tendrá este cambio de organización sindical y cómo impactará en la negociación colectiva y en el pago de las cuotas sindicales.
¿Cómo funciona la nueva regla?
Según informó La Tercera, la DT estableció que "el trabajador que se desafilia del sindicato con el cual mantiene un instrumento colectivo vigente y se afilia a otra organización sindical, permanece sujeto al instrumento colectivo suscrito por la organización a la que pertenecía, no forma parte del proceso de negociación colectiva iniciado por el sindicato al que se afilió con posterioridad, y debe pagar el total de la cuota mensual ordinaria de su antiguo sindicato durante toda la vigencia de dicho instrumento colectivo".
Ir a la siguiente notaAsimismo, el organismo precisó que "al término de la vigencia del referido instrumento, el trabajador pasará a estar afecto al instrumento colectivo del nuevo sindicato, en caso de existir éste, y tendrá su derecho a negociar colectivamente con esta última organización en la oportunidad que le corresponda conforme al artículo 333 del Código del Trabajo".
Expertos respaldan la interpretación de la Dirección del Trabajo
Especialistas en derecho laboral coinciden en que el dictamen busca interpretar correctamente lo establecido en el Código del Trabajo.
El exsubsecretario del Trabajo y socio de Mendoza Luksic y Valencia, Zarko Luksic, explicó que esta interpretación busca "evitar que los trabajadores que ya están sujetos a un instrumento colectivo negocien y presionen a que les adelanten los beneficios del nuevo instrumento que negocian".
Esto, porque "se producía una afiliación desmedida de un sindicato a otro que empezaba a negociar con la esperanza de percibir algún beneficio. Esto generaba una tensión entre los sindicatos".
Para el experto laboral, "es la interpretación correcta y no afecta a la libertad sindical ya que estas restricciones lo establecen la ley".
Las dudas que genera el nuevo criterio
Por su parte, Ana Velásquez, socia de Eguiguren Abogados, sostuvo que "la interpretación es coherente con el Código del Trabajo y resuelve problemas concretos, pero tiene un costo real. El trabajador que cambia de sindicato queda fuera de la negociación colectiva por un período que puede ser muy extenso. Una solución intermedia habría sido permitir al trabajador participar en el proceso negociador del nuevo sindicato, pero aplicarle el instrumento resultante solo una vez vencido el anterior. Eso resguardaba tanto el orden del sistema como los derechos del trabajador".
Finalmente, agregó que "este dictamen opta por la coherencia del sistema por sobre la libertad efectiva del trabajador de cambiar de sindicato con consecuencias inmediatas. Es una decisión válida, pero discutible".
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