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El retorno de la "Gracia Presidencial": Así funciona el bono especial a familias que tengan siete hijos del mismo sexo

¿Qué pasó? 

El Presidente José Antonio Kast encabezó la entrega de la denominada “Gracia Presidencial al Séptimo Hijo”, un beneficio económico destinado a familias cuyos hijos sean el séptimo niño o niña dentro del grupo familiar, un reconocimiento que forma parte del Fondo ORASMI, dependiente del Departamento de Acción Social de la Subsecretaría del Interior.

La ceremonia se realizó junto a la familia Silva Cueto, donde la beneficiaria fue Romina Elizabeth Silva Cueto, séptima hija y la menor de diez hermanos.

¿En qué consiste el beneficio?

La Gracia Presidencial contempla dos tipos de ayuda:

  • Un aporte económico que se entrega por única vez, equivalente a 10 UF, que se deposita en una cuenta de ahorro a nombre del niño o niña.
  • Un certificado oficial de reconocimiento presidencial entregado por Presidencia.
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Requisitos para acceder a la "Gracia Presidencial" 

  • Tener menos de 5 años y 11 meses al momento de postular.
  • Haber nacido en Chile.
  • Que padres o tutores residan en el país.
  • En caso de padres extranjeros, contar con situación migratoria regular.
  • No registrar antecedentes penales.
  • Pertenecer al 90% más vulnerable según el Registro Social de Hogares.

Beneficio con más de 50 años de historia 

La tradición del reconocimiento presidencial al séptimo hijo existe en Chile desde 1976, cuando originalmente se instauró como un “apadrinamiento presidencial” para hombres.

Posteriormente, en 1979, se amplió también a las mujeres y, en 2025, el mecanismo fue actualizado oficialmente bajo el nombre de “Reconocimiento Presidencial”.

Durante la actividad, el Gobierno destacó a la familia beneficiada por “el orden, la fe, la dedicación y el amor incondicional” con que han formado su hogar.

¿Cómo postular?

Las postulaciones pueden realizarse de tres maneras:

  • De forma online, a través del sitio de la Subsecretaría del Interior.
  • Presencialmente en delegaciones presidenciales regionales o provinciales.
  • Mediante carta dirigida al Presidente de la República.

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