Beneficio por Años Cotizados: Este es el máximo de dinero que puedes sumar a tu pensión
- Por Cristian Latorre
El Beneficio por Años Cotizados permite a determinadas personas pensionadas sumar un aporte mensual adicional a su jubilación. El monto se calcula en Unidades de Fomento (UF) según la cantidad de meses cotizados, con un límite establecido por la normativa.
El aporte es automático y no requiere postulación. Está dirigido a personas pensionadas por vejez o invalidez en AFP o compañías de seguros de vida que tengan 65 años o más.
¿Cuál es el máximo que puedes sumar?
El BAC entrega 0,1 UF por cada 12 meses cotizados, con un tope de 2,5 UF mensuales, equivalente a 25 años de cotizaciones.
Ir a la siguiente notaPara acceder inicialmente al beneficio, las mujeres deben contar con al menos 120 meses cotizados (10 años), mientras que los hombres necesitan 240 meses (20 años). El máximo considerado para el cálculo es de 300 meses, equivalentes a 25 años.
Este aporte se suma directamente a la pensión que recibe la persona. Incluso si sus fondos en la cuenta individual ya se agotaron y el saldo es cero, puede recibir el beneficio si cumple las condiciones.
¿Desde cuándo se paga?
Las personas que ya estaban pensionadas al 31 de julio de 2025 tienen un cálculo basado en las cotizaciones pagadas en su cuenta individual hasta esa fecha. El pago comenzó en enero de 2026, siempre que a esa fecha tuvieran 65 años o más.
Quienes cumplieron los 65 años posteriormente comenzaron a recibir el beneficio desde el mes en que alcanzaron esa edad.
En el caso de quienes todavía no estaban pensionados, pero tenían 65 años o más al 31 de julio de 2025, el beneficio comenzó a pagarse en enero de 2026 si ya se habían pensionado, o desde el mes en que se pensionaron si lo hicieron después.
Para quienes se pensionaron desde el 1 de agosto de 2025, primero se consideran las cotizaciones que el empleador haya realizado al Seguro Social desde esa fecha, cuando corresponda. Luego se suman las cotizaciones registradas y pagadas en la cuenta individual hasta el 31 de julio de 2025 y, de ser necesario, los periodos incluidos en bonos de reconocimiento otorgados por el IPS, Dipreca o Capredena.
¿Qué cotizaciones no se consideran?
El cálculo no contempla los meses que superen el límite de 300 cotizaciones (25 años), tope que comenzará a reducirse gradualmente desde febrero de 2046.
Tampoco se consideran los meses en que exista más de una cotización por una jornada completa, aquellos en que el empleador no haya pagado íntegramente las cotizaciones ni los periodos que solo estén declarados y aún no hayan sido pagados. Estos últimos podrán contabilizarse una vez que la situación sea regularizada.