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Subsidio de arriendo: ¿Qué postulación está abierta?

En medio de la búsqueda de alternativas para acceder a una vivienda, los subsidios habitacionales representan una ayuda económica para distintos grupos de la población que necesitan apoyo del Estado. Sin embargo, las postulaciones dependen de los llamados que mantiene abiertos el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).

En ese contexto, uno de los procesos de postulación habilitados durante septiembre y octubre de 2026 está dirigido a personas mayores y personas con discapacidad. El llamado contempla un aporte para el pago del arriendo y establece requisitos específicos de edad, vulnerabilidad socioeconómica e ingresos para quienes quieran acceder al beneficio.

Subsidio de arriendo 2026: ¿En qué consiste el beneficio?

El Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad consiste en un aporte de 213 UF en total, distribuido mensualmente, que permite cubrir hasta el 90% del valor del arriendo.

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El beneficio está destinado a personas que se encuentren dentro del 70% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH), y que no cuenten con una solución habitacional definitiva.

¿Hasta cuándo se puede postular?

El llamado de 2026 contempla un período de postulación entre el 8 de septiembre y el 8 de octubre, ambas fechas inclusive. La selección se realizará en un único proceso al cierre del período.

Las personas interesadas pueden realizar el trámite en línea, mediante la plataforma del Minvu (clic acá para acceder) con Clave Única, o presencialmente en las oficinas del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de tu región.

¿Cuáles son los requisitos para postular?

Para acceder al beneficio, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener más de 60 años al momento de postular o cumplirlos durante 2026.
  • Las personas mayores de 18 años pueden postular si cuentan con discapacidad acreditada e inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Pertenecer hasta al 70% más vulnerable de la población.
  • Acreditar ingresos mínimos de 5 UF y máximos de 25 UF. Por cada integrante familiar que exceda de tres, el máximo aumenta en 8 UF.
  • No se exige un ahorro mínimo.

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