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Ley 40 Horas: ¿Quiénes pueden adelantar o atrasar en una hora su jornada?

El jueves 26 de abril comienza una nueva etapa en la implementación de la Ley de 40 horas, con la reducción de la jornada laboral semanal de 44 a 42 horas. Sin embargo, uno de los aspectos que más interés genera entre los trabajadores es la posibilidad de modificar el horario laboral.

En concreto, la normativa permite adelantar o retrasar el inicio de la jornada hasta en una hora, pero este beneficio no es universal y tiene condiciones específicas.

¿Quiénes pueden adelantar o retrasar su jornada?

De acuerdo con ChileAtiende, pueden ejercer este derecho los trabajadores que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener un hijo o hija de hasta 12 años
  • Estar regidos por el Código del Trabajo
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Para hacer uso de este beneficio, el trabajador o trabajadora debe presentar a su empleador el certificado de nacimiento del menor o una sentencia que acredite el cuidado personal del niño o niña

¿Puede el empleador negarse?

En los casos establecidos por la ley, el empleador no puede rechazar esta solicitud, por lo que se trata de un derecho garantizado para quienes cumplan con las condiciones.

Además, si se trata de una madre, la ley permite que ella decida si este beneficio será utilizado por el padre o la madre.

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