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Fondo de cesantía solidario: ¿Quiénes no pueden solicitar los pagos?

Los trabajadores que quedan sin empleo, y que no cuentan con los recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía, pueden optar a un fondo común a través de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Siempre que se cumplan algunos requisitos, como estar afiliado al Seguro de Cesantía de la AFC, y contar con 10 cotizaciones pagadas (las tres últimas con el mismo empleador) en los 24 meses anteriores al despido, se podrá hacer uso del fondo.

¿Cuáles son los requisitos para optar al Fondo de Cesantía?

De acuerdo con ChileAtiende, para optar al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) se estipula que la causal de despido debe ser:

  • Necesidad de la empresa.
  • Quiebra del empleador.
  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
  • Caso fortuito o fuerza mayor.

También se debe activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) una vez solicitado el beneficio, además de “aceptar las oportunidades laborales y de capacitación”.

Finalmente, quienes hayan perdido su trabajo en una zona decretada en Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, zonas afectadas por un desastre natural o alerta sanitaria compleja, “deben contar con 8 cotizaciones pagadas en cualquier tipo de contrato”.

Estas personas no pueden solicitar el pago

ChileAtiende especificó cuáles las excepciones; es decir, los casos donde las personas no podrán solicitar el pago del fondo en razón de su empleo u otro motivo:

  • Empleados públicos.
  • Funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden.
  • Trabajadores independientes.
  • Menores de 18 años.
  • Pensionados (excepto invalidez parcial).
  • Trabajadores en práctica.

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