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¿En qué casos no se debe suscribir un finiquito al terminar un contrato laboral?

El finiquito es una herramienta legal de mucho valor tanto para empleados como para empleadores, pues garantiza el cumplimiento de lo estipulado por la ley cuando ocurre una terminación de contrato laboral.

Su uso no es obligatorio en todos los casos, pero conocer en qué situaciones aplica garantiza el apego a las legislaciones laborales y el respeto de los derechos y deberes de ambas partes.

Por medio de su portal oficial, la Dirección del Trabajo explica que la necesidad de su uso o su prescindencia dependerá del tiempo que dure el nexo.

¿En qué casos no se debe suscribir un finiquito?

Lo estipulado por el organismo oficial es que no se requiere suscribir o firmar el finiquito en el caso de que los contratos tengan una duración inferior a los 30 días.

Si se prorroga por más de 30 días o, tras el plazo acordado, el trabajador continúa prestando servicios al empleados, con su consentimiento, la norma cambia.

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En el caso previamente mencionado si será necesario hacer uso del finiquito entre las partes.

Esto es lo que debes saber sobre el finiquito

En el artículo 177 del Código del Trabajo, más específicamente en el inciso 1, se suscribe que documentos como el finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deben presentarse por escrito.

Además, el instrumento legal debe estar firmado y ratificado respectivamente por las partes para hacer uso de él. Si no hay firma del interesado y el presidente del sindicato o delegado del personal no habrá validez. Asimismo, la ratificación debe hacerse ante el inspector del trabajo o notario para que pueda ser invocada por el empleador.

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