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Estos son los documentos para salir de Chile con un menor de edad

Cada país tiene sus leyes para proteger y resguardar a los menores de edad. Tal es el caso de Chile, que exige una serie de documentos para que un niño, niña o adolescente pueda salir al extranjero.

El Artículo 49° de la Ley 16.618 define las personas específicas que están facultadas para abandonar el país con un menor. Entre ellas están los padres, tutores, padre por reconocimiento, subsidiariamente el Tribunal competente, el tercero o padre con régimen de relación directa y regular, menciona el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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Asimismo, señala que quien autoriza al menor debe expresar esta voluntad a través de una escritura, ya sea pública o privada, que esté autorizada por un Notario Público.

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¿Cuál es la documentación para salir de Chile con un menor de edad?

La documentación a presentar para salir de Chile junto a un menor de edad dependerá de con quién está acompañado. Por ejemplo, si viaja junto a ambos padres, solo tendrá que acreditar pasaporte o cédula de identidad vigente y Certificado de Nacimiento o Libreta de Familia, con tres fotocopias simples.

En el caso de que el niño solo viaje con uno de sus padres, además de lo citado anteriormente, se debe presentar Certificado de Defunción del padre ausente (si aplica), con tres fotocopias simples, y/o Autorización Notarial de Viaje del padre ausente.

En este último documento se debe entregar el consentimiento o la autorización correspondiente en original y copia triple. Si fue emitido por el Consulado de Chile, también se debe legalizar en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

¿Qué pasa si el menor no viaja con los padres?

Hay otros requisitos que aplican cuando el menor de edad viaja fuera del país, sin contar con la presencia de ninguno de sus padres. En ese caso, tendría que presentar:

  • Pasaporte o cédula de identidad vigente, según sea el país de destino.
  • Certificado de Nacimiento o Libreta de Familia, junto a tres fotocopias simples.
  • Certificado de Defunción, más tres fotocopias simples (si ambos padres hubieran fallecido).
  • Autorización Notarial de Viaje de ambos padres, en original más tres copias notariales (si los padres están vivos).
  • Autorización del Tribunal de Familia correspondiente, con el consentimiento para el viaje del menor, en original y tres fotocopias simples (si existe trámite realizado ante esta autoridad).

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