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Le iban a embargar por una deuda del CAE y logró detener el cobro tras recurrir a la Corte de Arica

¿Qué pasó?

Una persona que enfrentaba un procedimiento de cobro por una deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE) logró evitar un eventual embargo luego de que la Corte de Apelaciones de Arica acogiera un recurso de protección presentado en contra de la Tesorería Regional.

El tribunal dejó sin efecto el procedimiento de cobro iniciado por el organismo, al concluir que el mecanismo utilizado para exigir el pago no era el que correspondía para este tipo de deuda y que, además, vulneraba el derecho a la igualdad ante la ley.

¿Por qué la Corte de Arica frenó el cobro del CAE?

En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte sostuvo que la Tesorería aplicó un procedimiento previsto en el Código Tributario, normativa que regula el cobro de obligaciones tributarias y no de créditos como el CAE.

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Según la sentencia, la Ley N° 20.027, que regula el Crédito con Aval del Estado, remite a las reglas generales para ejercer acciones de cobranza, por lo que no corresponde utilizar el procedimiento ejecutivo establecido para el cobro de impuestos.

Además, el tribunal advirtió que la propia legislación del CAE permite incluso ceder o vender estos créditos a terceros, lo que demuestra que su naturaleza jurídica es distinta a la de una obligación tributaria.

La Corte estimó que se vulneró la igualdad ante la ley

La resolución también concluyó que el procedimiento utilizado por Tesorería restringía las posibilidades de defensa del deudor, ya que contempla menos herramientas procesales que las disponibles en un juicio ejecutivo común.

Por ello, la Corte determinó que el actuar del organismo lesionó la garantía constitucional de igualdad ante la ley y resolvió dejar sin efecto el procedimiento de cobro Rol N° 12613-2026, iniciado por la Tesorería Regional de Arica y Parinacota.

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