¿Te pueden despedir por un video? El caso del garzón que fue desvinculado tras criticar a su empresa en TikTok
- Por Felipe Gallardo
¿Qué pasó?
¿Es posible quejarse en TikTok de un empleo y terminar despedido por ello? Esto es lo que vivió un garzón en España tras publicar un video en dicha red social en el que exponía los márgenes de ganancia del hotel donde trabajaba y criticaba su sueldo.
A raíz de este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) confirmó la legalidad de la desvinculación del trabajador. La resolución establece un precedente sobre los límites del uso de plataformas digitales personales de los empleados durante su jornada laboral.
Según los magistrados, las publicaciones despectivas en redes sociales que exponen el funcionamiento de una empresa rompen la confianza y la buena fe contractual. Además, los jueces aclararon que para aplicar una desvinculación de este tipo no es obligatorio demostrar que la compañía sufrió un perjuicio económico directo.
Ir a la siguiente notaLos detalles del video que provocaron la desvinculación
Los hechos ocurrieron cuando el empleado utilizó su celular personal durante su horario de trabajo para grabar y subir el video. En la grabación, el trabajador mostró la pantalla del terminal punto de venta (TPV) y el sistema operativo privado del recinto, lo que permitió identificar al hotel en el que trabajaba.
En el plano de las críticas, el garzón reveló los márgenes de ganancia del establecimiento al señalar que un café tenía un costo de 20 céntimos de euro, algo así como 211 pesos chilenos, pero se vendía al público a cinco euros, más de 5 mil. Asimismo, se quejó de su sueldo, el cual era de $1.483.650 con la conversión de peso a euro de hoy.
El debate legal por la gravedad de la sanción
Tras enterarse de la publicación, la empresa hotelera desvinculó de forma inmediata al trabajador, argumentando un daño grave a su reputación, prestigio y credibilidad comercial. Ante esto, la defensa del empleado recurrió a tribunales, acusando que la medida era desproporcionada y que la firma debió aplicar sanciones previas de forma gradual.
Sin embargo, la justicia desestimó los argumentos del demandante tras constatar que la acción fue un ataque directo a la reputación de la compañía. Los magistrados agregaron que la medida se adoptó analizando el contexto y bajo el amparo de la normativa laboral española, aunque confirmaron que el trabajador todavía tiene la opción de apelar ante el Tribunal Supremo.
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