Vuelve la restricción vehicular: Este es el calendario oficial
- Por Diego Alonzo
Con la llegada de la temporada fría este 2026, el Ministerio del Medio Ambiente y el de Transportes y Telecomunicaciones pusieron en marcha el plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) para la Región Metropolitana.
Esta medida fundamental busca reducir los niveles de contaminación ambiental, específicamente el material particulado 2.5, que ha logrado disminuir en un 75% desde la década de los 90 gracias a estas políticas de Estado.
A continuación, te detallamos las fechas, dígitos y zonas donde aplicará la restricción vehicular este año.
Ir a la siguiente nota¿Cuándo comienza y hasta cuándo dura?
La restricción vehicular 2026 inicia oficialmente este 1 de mayo y se extiende al 31 de agosto. La medida rige de lunes a viernes, exceptuando festivos, en un horario que va desde las 07:30 hasta las 21:00 horas.
Calendario para vehículos con Sello Verde
Si tu vehículo cuenta con sello verde (automóviles, station wagons y similares), la restricción se aplica según el último dígito de la placa patente de la siguiente manera:
- Lunes: 8 y 9
- Martes: 0 y 1
- Miércoles: 2 y 3
- Jueves: 4 y 5
- Viernes: 6 y 7
Calendario para vehículos sin Sello Verde
Para los vehículos que no cuentan con el distintivo verde, el calendario es más estricto:
- Lunes: 6, 7, 8 y 9
- Martes: 0, 1, 2 y 3
- Miércoles: 4, 5, 6 y 7
- Jueves: 8, 9, 0 y 1
- Viernes: 2, 3, 4 y 5
Es importante recordar que los vehículos sin sello verde tienen prohibición absoluta de circular dentro del anillo Américo Vespucio, sin importar su último dígito.
¿A quiénes afecta la medida?
La normativa se aplica en toda la Provincia de Santiago, además de las comunas de Puente Alto y San Bernardo. Los grupos afectados son:
- Autos catalíticos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011.
- Motocicletas inscritas antes de 2011.
- Vehículos sin sello verde y motos anteriores a 2002.
Otras medidas del Plan Operacional
Además del control de tránsito, el plan GEC incluye la prohibición de quemas agrícolas, la restricción del uso de calefactores a leña en residencias y la paralización de fuentes fijas industriales en caso de declararse Preemergencia o Emergencia Ambiental.
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