Beneficio por Años Cotizados: Por esta razón se puede suspender el pago
- Por Meganoticias
El Beneficio por Años Cotizados se ha transformado en un alivio financiero para miles de jubilados, al reconocer el esfuerzo de ahorro previsional realizado durante décadas en el sistema de capitalización individual.
Sin embargo, recibir este bono mensual de forma automática no garantiza que el pago sea permanente en el tiempo. Existen causales legales específicas que pueden derivar en la suspensión inmediata del beneficio.
¿Por qué me pueden suspender el Beneficio por Años Cotizados?
De acuerdo a ChileAtiende, el Instituto de Previsión Social (IPS) puede interrumpir o suspender el pago por las siguientes razones:
- Permanencia en el extranjero: si el beneficiario permanece fuera de Chile por más de 180 días (ya sean continuos o discontinuos) dentro de un mismo año calendario.
- Falta de cobro: si el beneficio no es cobrado durante seis meses consecutivos, el pago se suspenderá automáticamente.
- Fallecimiento: el beneficio se extingue al momento de la muerte del titular y no es heredable.
¿Qué necesito para optar al Beneficio por Años Cotizados?
Para acceder a este aporte mensual, los interesados deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 65 años de edad o más.
- Ser pensionado por vejez o invalidez en una AFP o compañía de seguros de vida.
- Si es mujer, debe contar con al menos 10 años (120 meses) de cotizaciones.
- Si es hombre, debe tener un mínimo de 20 años (240 meses) cotizados.
Se considerarán un máximo de 25 años (300 meses) de cotizaciones para el cálculo del bono.
¿Debo solicitar el Beneficio por Años Cotizados?
Este es un beneficio automático que no requiere postulación. El Estado realiza el cruce de información interna para identificar a quienes cumplen con los requisitos de edad y meses cotizados.
Sin embargo, cualquier persona puede consultar si le corresponde (pulsa aquí) ingresando su RUN y fecha de nacimiento.
¿Cuál es el monto del Beneficio por Años Cotizados?
El monto del beneficio se calcula en Unidades de Fomento (UF) y se suma directamente a la pensión que la persona ya recibe. Entrega 0,1 UF por cada 12 meses cotizados.
Dado que existe un tope máximo de 25 años de cotizaciones para este cálculo, el tope máximo que se paga es de 2,5 UF mensuales. Este dinero se paga incluso si la persona ya agotó sus ahorros previsionales y tiene saldo cero en su cuenta de la AFP.