Pensión de gracia: ¿Cómo se solicita?
Entre las facultades del Presidente de la República, se encuentra la entrega de la Pensión de Gracia, un beneficio extraordinario que no es heredable y no está sujeto a ningún pago adicional, como bonos especiales, gratificaciones, aguinaldos, entre otros.
Esta pensión entrega un monto variable y que se fija en Ingresos Mínimos Mensuales no remuneracionales y que puede ser entregada de por vida o por un periodo definido.
¿Cuáles son los requisitos de la Pensión de Gracia?
Para poder obtenerla se debe cumplir con una serie de requisitos, los cuales son:
- Estar afectados por un accidente o catástrofe que justifique la entrega de la pensión.
- Haber prestado servicios distinguidos o haber realizado actos meritorios en beneficio del país, más allá del deber personal de cada ciudadano.
- Estar incapacitado o con graves e insalvables dificultades para realizar labores remuneradas que permitan tu subsistencia y la de tu grupo familiar, ya sea por enfermedad, invalidez, vejez o cualquier otra causa debidamente justificada.
- Estar afectado por situaciones especiales debidamente fundamentadas que ameriten el otorgamiento de la pensión.
¿Cómo solicitar la Pensión de Gracia?
Pero no basta con cumplir con los requisitos, ya que es necesario realizar una solicitud formal a través de una carta, la que debe ser dirigida al Presidente de la República en ejercicio.
Esta carta de solicitud debe ser llevada a la Unidad de Departamentos de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría del Interior, en Agustinas N° 1235, piso 5, Santiago. También puedes presentarla en la delegación presidencial, regional o provincial más cercana.
En cuanto al contenido de la carta, debe estar dirigida al Presidente, indicar nombre completo, RUT, teléfono, correo electrónico y dirección de tu domicilio.
En caso de ser uno de los escogidos para recibir la Pensión de Gracia, podrás recibir el pago mediante la Tesorería General de la República.
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