Le extrajeron muela y tuvo dolorosa complicación: Ahora le tendrán que pagar más de $16 millones
¿Qué pasó?
Una extracción de muelas se transformó en una disputa judicial por millones de pesos, y puso en duda cómo se realizó el tratamiento y qué información se entregó a la paciente antes de la intervención.
Lo anterior luego de que, tras el procedimiento, una paciente terminara sufriendo alveolitis, una dolorosa complicación que ocurre cuando, en el lugar donde se quitó el diente, no se forma, se sale o se disuelve un coágulo sanguíneo antes de que la herida cicatrice.
El caso fue revisado por el Décimo Juzgado Civil de Santiago, instancia que resolvió acoger la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual presentada contra el Centro Odontológico Padre Mariano.
Ir a la siguiente notaLa resolución y los montos fijados
En su decisión, el tribunal rechazó la excepción de prescripción extintiva presentada por la parte demandada y ordenó el pago de $16.894.586.
De ese monto, $6.894.586 se fijaron por daño emergente y $10.000.000 por daño moral, según lo establecido en la sentencia.
La acción judicial se centró en cuestionamientos vinculados a la ejecución del procedimiento dental y a la supuesta falta de consentimiento informado antes de la atención.
Lo que ocurrió durante la intervención
En el análisis del caso, el tribunal estableció que el procedimiento dental no se ajustó a los estándares técnicos exigidos.
Según la resolución, "ha de tenerse por acreditado que el procedimiento dental practicado a la actora se ejecutó en contravención a la lex artis médica: el cirujano dejó restos radiculares en el alveolo de la pieza 32 y, por su falta de experiencia, desencadenó una alveolitis seca que no fue tratada oportunamente y que se agravó cuando el demandado, de manera prematura, emitió el certificado de alta médica del 7 de febrero de 2017".
La falta de consentimiento informado
Otro de los puntos centrales del fallo fue la información entregada a la paciente antes del procedimiento, la que fue considerada insuficiente.
El tribunal sostuvo que "la ausencia total de consentimiento informado impidió que la paciente pudiera conocer y ponderar los riesgos inherentes a la intervención, vulnerando expresamente el artículo 14 incisos 1° y 2° de la Ley N°20.584, que consagra el derecho de toda persona a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a su atención de salud, derecho que debe ser ejercido en forma libre, voluntaria, expresa e informada".
El fallo también abordó el impacto que tuvo la falta de información en el proceso posterior a la intervención.
En esa línea, se indicó que "de haber recibido una información adecuada, la paciente habría podido adoptar oportunamente las medidas necesarias ante la consumación del riesgo, favoreciendo una rehabilitación más pronta y menos lesiva".
Finalmente, el tribunal estableció que quedó "acreditado un incumplimiento culpable del demandado en el contexto del contrato celebrado", cerrando así la causa.
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