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Confirman millonaria indemnización a padres de recién nacido que murió por negligencia en Hospital Regional de Rancagua

¿Qué pasó? 

La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la sentencia que condenó al Servicio de Salud O’Higgins al pago de una indemnización total de $150 millones, por concepto de daño moral a los padres de un recién nacido que falleció por negligencia en un hospital.

El hecho ocurrió en julio de 2016 en el Hospital Regional de Rancagua Dr. Franco Ravera Zunino, luego de la "incorrecta administración de la hormona oxitocina" por parte del personal médico, lo que causó el fallecimiento del menor.

El Segundo Juzgado Civil de Rancagua condenó al servicio por la "atención negligente que se le brindó a los demandantes", lo fue confirmado por el tribunal de alzada, que en su falló "descartó error en la sentencia apelada". 

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"Resulta evidente y razonable el dolor y la aflicción" 

"Tal como lo señala el fallo, los elementos probatorios a que ahí se hace referencia, permiten tener por acreditada la falta de servicio de la parte demandada", revela el fallo. 

Las diligencias permitieron determinar "la incorrecta administración de la hormona oxitocina, manejo erróneo que fue la causa basal y directa del fallecimiento", agrega.

En la resolución se indica que "este elemento de convicción contribuyó de manera importante a la acreditación de la falta de servicio. (...) Su valoración, unida al resto de la prueba producida, permiten demostrar el hecho dañoso, su resultado y el nexo causal".

En cuanto al daño moral, considerando que se trata de la muerte del hijo de los demandantes, "resulta evidente y razonable el dolor y aflicción que el hecho les provocó, resultando aquel daño moral demandado compatible con la cuantificación que sobre este punto realizó el juez de primera instancia".

Para el tribunal de alzada, el juez del Segundo Juzgado Civil de Rancagua estimó que la muerte del menor y las circunstancias en que ocurrieron los hechos "para ambos padres representó un dolor inconmensurable". 

"Tales circunstancias, ponderadas en relación con la alegría y entusiasmo manifestado por los padres por la llegada de su hijo, en virtud de un embarazo sin mayores complicaciones, hace que la cuantificación del perjuicio que se indemniza resulte razonable, por lo que se confirmará la sentencia en alzada", concluye.