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Aprueban Ley Jacinta y queda lista para ser promulgada: Estos son los nuevos requisitos para obtener la licencia de conducir

¿Qué pasó?

Después de casi dos años de discusión parlamentaria, este martes la Cámara de Diputados aprobó y despachó de manera unánime la Ley Jacinta, proyecto que establece nuevas exigencias para quienes postulen a la licencia de conducir, con el fin de asegurarse de que se encuentran en las condiciones de salud aptas para manejar.

La ley recibe el nombre de Jacinta González, una bebé de cinco meses que falleció en 2022 al ser atropellada mientras era paseada en coche por sus padres. El responsable fue un automovilista de 80 años que padecía cáncer en etapa IV.

¿En qué consiste la Ley Jacinta?

La nueva normativa implicó la modificación específica de 3 leyes: la de Tránsito, la que regula los seguros obligatorios de accidentes personales (SOAP) y el Código del Trabajo.

Revisa a continuación los cambios:

Declaración jurada y exigencias municipales

El cambio más importante de la Ley de Tránsito será la exigencia obligatoria de una declaración jurada por parte de quien postula a obtener o renovar cualquier licencia de conducir, para acreditar que no cuenta con alguna enfermedad inhabilitante o restrictiva.

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Estas enfermedades serán definidas mediante un reglamento que realizarán en conjunto el Ministerio de Transportes y de Salud, reemplazando así al actual instructivo que utilizan las direcciones de tránsito.

Si una persona no declara tener alguna de las enfermedades restrictivas, y participa de un siniestro vial, cometerá una infracción grave de tránsito (multas de entre $69.542 y $104.313) y se le cancelará la licencia.

El ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, valoró la medida y explicó que también la futura ley incorpora cambios en los procedimientos municipales para acreditar la denominada "idoneidad física y psíquica" de los postulantes

SOAP

Oro de los cambios en la ley incluye duplicar los actuales montos de indemnización asociados al SOAP, frente a la muerte, o la incapacidad permanente total o parcial. 

El incremento, además, aplicará a gastos médicos propios de dichos casos. Por ejemplo, se duplica de 300 a 600 UTM el monto del SOAP en caso de muerte y la misma cifra para gastos médicos; y de 200 a 400 UTM en caso de incapacidad permanente parcial.

Fuero de un mes

Por último, la nueva normativa otorga un fuero laboral de 30 días en caso de muerte de un hijo o hija, cónyuge o conviviente civil. Particularmente, esto apunta a quienes tengan contratos de trabajo a plazo fijo, o por obra o servicio determinado.

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