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Jara y Kast son los que más recibirán: ¿Cuánto dinero le corresponde a los candidatos por sus votos en las Elecciones 2025?

En las recientes Elecciones Presidenciales 2025, hay un punto en que la mayoría de los candidatos sacaron cuentas alegres, más allá de haber quedado fuera de la carrera por llegar al Palacio de La Moneda —a excepción de Jeannette Jara y José Antonio Kast, que protagonizarán la segunda vuelta el 14 de diciembre.

Con el propósito de equilibrar las condiciones de competencia entre candidaturas, el Servicio Electoral (Servel) reembolsa los gastos electorales, según la cantidad de votos que obtuvo el aspirante en la jornada electoral.

De los ocho candidatos, Jara y Kast son los que más dinero recibirán por haber sido las dos primeras mayorías. Del resto, cuatro quedarán con saldo positivo (sus ingresos serán más que los egresos de recurso), mientras que otros dos resultarán con saldo negativo.

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¿Cuánto dinero recibirán los candidatos presidenciales por sus votaciones?

A modo de contexto, la Ley 19.884 establece que los candidatos recibirán un reembolso equivalente a 0,04 UF por cada voto obtenido en primera vuelta. Vale decir, cada sufragio a su favor tiene un valor de $1.586, considerando que la UF está en $39.643.

Con casi el 100% de las mesas escrutadas, los datos del Servel permiten identificar que las ocho cartas presidenciales serían merecedoras de las siguientes cifras:

Según consigna el diario La Segunda, los únicos dos que resultarán con saldo negativo (es decir, en sus campañas gastaron más de lo que les reembolsará el Servel) son Mayne-Nicholls, con un déficit de $300.449.022, y Enríquez-Ominami, con -$352.407.900.

Antes de todo, candidatos deben realizar un importante trámite

El reembolso de los gastos electorales que hace el Servel no es automático. Para asegurar el correcto uso de los fondos públicos, cada una de las candidaturas debe ajustarse a los siguientes requerimientos:

  • Que la cuenta de ingresos y gastos electorales (cuenta bancaria en la que reciben aportes) esté aprobada por el Servel.
  • Que los gastos presentados no hayan sido financiados con otras fuentes, como aportes propios, de terceros, del partido o créditos con mandato.
  • Que se presenten boletas o facturas vigentes y pendientes de pago, correspondientes a gastos electorales realizados durante el período de campaña.

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