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¿Desde cuándo se cuenta la hora de colación?: Esto dice la Dirección del Trabajo

La hora de colación es un período de descanso contemplado durante la jornada laboral, pero ¿desde qué momento comienza a contabilizarse? La Dirección del Trabajo (DT) entregó una respuesta a esta consulta.

El momento en que comienza la colación

De acuerdo con la DT, el tiempo destinado a la colación debe computarse desde el momento en que el trabajador abandona su puesto de trabajo con ese objetivo.

La indicación se basa en lo establecido por el artículo 34 del Código del Trabajo, que señala que la jornada laboral debe dividirse en dos partes, dejando entre ellas un período de tiempo para la colación.

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¿La colación cuenta como tiempo trabajado?

La Dirección del Trabajo precisa que este período intermedio no se considera trabajado para efectos de computar la duración de la jornada diaria.

Además, el artículo 34 establece que el lapso destinado a la colación debe ser de al menos media hora.

La DT sostiene esta interpretación en su jurisprudencia administrativa, específicamente en el dictamen 5244/244, de fecha 3 de diciembre de 2003.

En concreto, si un trabajador abandona su puesto para iniciar su período de colación, es desde ese momento que comienza a contabilizarse dicho tiempo, según la respuesta publicada por la Dirección del Trabajo.

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