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PGU: ¿Quiénes no tienen derecho a cobrar el aporte?

¿Qué pasó?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) se ha vuelto un aporte fundamental en miles de hogares integrados por personas mayores de 65 años, quienes pueden acceder a este beneficio estatal entregado mensualmente por el Instituto de Previsión Social (IPS).

No obstante, el sistema establece reglas y límites claros. Por esta razón, existen ciertos adultos mayores que no tienen derecho a recibir el aporte o que simplemente quedan excluidos si cumplen con determinadas condiciones.

¿Quiénes no pueden cobrar la PGU?

Personas menores de 65 años

Aunque pueda parecer evidente, uno de los requisitos del beneficio es tener 65 años o más. Por ello, independientemente del género, las personas deben cumplir con esa edad para poder acceder al aporte. Cabe destacar que la solicitud puede presentarse desde los 64 años y 9 meses.

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Pensión base alta

El factor determinante para saber si una persona queda fuera del beneficio radica en el monto de su pensión base (calculada por la AFP junto a otras pensiones de sobrevivencia, accidentes del trabajo o del sistema antiguo).

Según el tramo de ingresos, la entrega del dinero se divide de la siguiente manera:

  • Sin derecho a PGU: Quedan automáticamente excluidas todas aquellas personas que perciban una pensión base igual o superior a $1.252.603.
  • Pensión de monto variable: Quienes reciban un monto base que se ubique en el tramo entre los $789.140 y los $1.252.602 obtendrán una PGU reducida, calculada de forma proporcional a sus ingresos.
  • Monto completo PGU: Quienes tengan una pensión base de hasta $789.139 acceden al aporte completo ($231.732 o $250.275 para personas de 82 años o más).

Aparte del tope de dinero, el IPS rechaza las solicitudes de PGU cuando no se cumplen los criterios sociales o de permanencia en el país:

Pertenecer al 10% con más ingresos:

El beneficio excluye a quien forme parte del 10% más rico de la población. Esto se determina mediante el Puntaje de Focalización Previsional, que cruza los datos del Registro Social de Hogares (RSH) con la información de ingresos familiares.

Falta de residencia en Chile:

Se exige acreditar (vía certificado de la PDI) un período de al menos 20 años continuos o discontinuos de residencia en el país desde que la persona cumplió los 20 años de edad. Además, debe registrar al menos cuatro años de permanencia en Chile dentro de los últimos cinco años anteriores a la postulación.

Los motivos por los que puedes perder la PGU si ya eres beneficiario

Si una persona ya cuenta con el beneficio aprobado, el IPS advierte que el pago del aporte puede extinguirse de forma definitiva por las siguientes causales:

  • Estar fuera del país por más de 6 meses: Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días (continuos o discontinuos) dentro de un mismo año calendario (de enero a diciembre).
  • Cambio en el tramo socioeconómico: Integrar un grupo familiar que pertenezca al 10% más rico de la población, según las actualizaciones de focalización previsional.
  • Inconsistencias en la información: Entregar datos o antecedentes incompletos, erróneos o falsos al momento de postular o mantener el beneficio.

¿Cómo consultar si te corresponde?

Si tienes dudas sobre si tus ingresos sobrepasan el límite permitido o deseas verificar tu situación socioeconómica, puedes ingresar tu RUN y fecha de nacimiento en la plataforma oficial de ChileAtiende.

También es posible consultar de forma presencial en las sucursales de ChileAtiende, a través de sus videoatenciones o llamando al call center gratuito 101.