Devolución anual de cotizaciones del seguro laboral: ¿Cuáles instituciones reintegran dinero?
- Por Cristian Latorre
Miles de empresas y trabajadores independientes podrían recibir dinero durante las próximas semanas gracias al proceso anual de devolución de cotizaciones del seguro laboral instruido por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).
La medida busca restituir pagos realizados en exceso o de manera errónea, permitiendo que quienes registren saldos a favor puedan acceder a la devolución de esos recursos tras una revisión de antecedentes.
Según informó la autoridad, durante junio las entidades encargadas de administrar el seguro laboral deben habilitar mecanismos de consulta para que empleadores y trabajadores independientes verifiquen si cuentan con montos pendientes de restitución.
Ir a la siguiente nota¿Qué instituciones realizan la devolución?
Las entidades encargadas de ejecutar este proceso son:
- Asociación Chilena de Seguridad
- Mutual de Seguridad
- Instituto de Seguridad del Trabajo
- Instituto de Seguridad Laboral
Estas instituciones deben publicar durante junio la información necesaria para que sus afiliados puedan revisar si registran devoluciones pendientes.
Este proceso forma parte de las instrucciones establecidas en el Compendio de Normas del Seguro de la Ley N.° 16.744 y tiene como finalidad regularizar saldos detectados por los organismos administradores que correspondan ser devueltos a sus afiliados.
Entre los antecedentes que deben informar se encuentran el monto total a devolver, los períodos asociados a las cotizaciones y el estado del proceso de restitución.
Asimismo, las entidades responsables deben ofrecer distintas modalidades para el pago de los recursos, incluyendo depósitos bancarios, cheques o vales vista, según corresponda. Los pagos deberán efectuarse dentro de los primeros diez días de julio.
También se puede solicitar durante el año
Además del proceso masivo anual, las entidades empleadoras y los trabajadores independientes pueden solicitar devoluciones en cualquier momento cuando estimen haber efectuado pagos en exceso o erróneos.
Para ello, los organismos administradores deben mantener formularios disponibles de manera permanente tanto en sus sucursales como en sus respectivos sitios web.
¿Hasta cuántos años atrás se puede solicitar la devolución?
La Suseso recordó que las devoluciones solo proceden respecto de pagos en exceso o erróneos generados dentro de los últimos 60 meses previos a la fecha de la solicitud.
Asimismo, precisó que los montos se restituyen en términos nominales, es decir, sin reajustes ni intereses.
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