Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

¿Quiénes deben tener un ahorro de 15 UF en su cuenta para postular al Subsidio DS49?

Si una familia está en situación de vulnerabilidad social y necesidad de una vivienda, puede postular al Subsidio DS49 para acceder a una sin necesitar un crédito hipotecario.

Consiste en un beneficio compuesto por un monto base y aportes complementarios, cuyos valores varían según la ubicación del inmueble, condiciones del proyecto y los postulantes.

¿Quiénes deben tener un ahorro de 15 UF para postular al Subsidio DS49?

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) indica que el ahorro mínimo debe ser de 15 UF si, durante una postulación colectiva, un postulante pertenece a un tramo mayor al 40% del Registro Social de Hogares.

En cambio, si pertenece al tramo de hasta el 40%, deberá contar con un ahorro mínimo de 10 UF. En ambos casos, el ahorro debe estar depositado a más tardar el último día hábil del mes anterior al ingreso de los antecedentes para la postulación del grupo.

Ir a la siguiente nota

Asimismo, debe cumplir con las siguientes condiciones para presentar la solicitud:

  • Ser mayor de 18 años de edad.
  • Contar con cédula nacional de identidad vigente.
  • Si es extranjero, debe contar con su cédula de identidad para extranjeros vigente y en ella constar su residencia definitiva, más una fotocopia.
  • Estar inscrito en el RSH y no superar el tramo del 40% más vulnerable.
  • Si la postulación es colectiva, al menos un 70% de los integrantes del grupo debe pertenecer al 40% más vulnerable y hasta el 30% restante podrá pertenecer a tramos de hasta el 90%.
  • Si la postulación es individual y para construcción en sitio propio, el postulante debe pertenecer hasta el 50% más vulnerable.
  • Acreditar en el RSH un grupo familiar. Solo pueden postular individualmente los adultos mayores, viudos o las personas con un grado de discapacidad acreditado, con calidad de indígenas o que sean reconocidas en el Informe Valech.

Opciones para postular al Subsidio DS49

Los interesados pueden postular a una de las cuatro alternativas que les permiten cumplir su sueño habitacional:

  • Construcción en nuevos terrenos: proyectos habitacionales que tienen entre 10 y 160 viviendas. Incluyen urbanización, equipamiento y áreas verdes. La postulación es colectiva.
  • Pequeño condominio: proyectos de entre 2 y 9 viviendas. Se desarrolla en un terreno urbano bajo el régimen de copropiedad inmobiliaria (Ley N° 21.442). La postulación es colectiva.
  • Construcción en sitio propio: edificación de una vivienda en un terreno que pertenece a la persona que postula. La postulación puede ser colectiva o individual.
  • Densificación predial: construcción de una o más viviendas en un terreno donde ya existe una o más propiedades habitacionales. La postulación puede ser colectiva o individual.

¿Cómo postular al Subsidio DS49?

Los solicitantes deben primero abrir una cuenta de ahorro para la vivienda y depositar al menos el monto mínimo de ahorro. Luego, tendrán que informarse y solicitar orientación sobre los programas del Minvu y las fechas de postulación.

Después, deben revisar su porcentaje de calificación socioeconómica en el Registro Social de Hogares, para finalmente dirigirse a una Entidad Patrocinante en convenio con el Minvu para preparar el proyecto habitacional.

Todo sobre Subsidio DS49