Seguro de Cesantía: ¿A quiénes no los cubre?

El desempleo genera una enorme preocupación financiera en las familias, una situación para la cual existe el Seguro de Cesantía, un importante aporte diseñado para resguardar los ingresos del trabajador mientras se reinserta al mercado laboral.

Sin embargo, el acceso a estos valiosos ahorros en la Cuenta Individual no es para todo el mundo. La normativa vigente establece exclusiones muy específicas según el tipo de contrato firmado por el empleado.

¿A quiénes no cubre el Seguro de Cesantía?

La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) señala que este beneficio no rige para:

  • Trabajadores del sector público.
  • Funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden.
  • Trabajadores independientes.
  • Menores de 18 años.
  • Trabajadores con contrato de aprendizaje.
  • Trabajadores pensionados, excepto los pensionados por invalidez parcial.
  • Trabajadores que participan como socios, mayoritarios o igualitarios y que administran o representan a la empresa que informan como empleador.

Ir a la siguiente nota

¿Para quién es el Seguro de Cesantía?

Un trabajador está afiliado a este beneficio si cumple con los siguientes requerimientos:

  • Son mayores de 18 años.
  • Su contrato laboral se encuentra regido por el Código del Trabajo, por el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o es trabajador(a) de casa particular.
  • Fueron contratados con posterioridad al 2 de octubre de 2002.

Si fue contratado antes del 2 de octubre de 2002, la afiliación es completamente voluntaria.

Todo sobre Seguro de Cesantía