Seguro de Cesantía: ¿Cuál es el plazo para cobrarlo?
- Por Meganoticias
Si un trabajador pierde su empleo, puede acceder al Seguro de Cesantía para obtener un aporte mensual, que reemplaza su sueldo mientras se reintegra al mercado laboral.
Consiste en un beneficio financiado con aportes de los empleadores y el empleado, que puede obtener este último siempre que cumpla con los requisitos legales.
Plazo para cobrar el Seguro de Cesantía
La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) indica que, si bien el afiliado puede solicitarlo en cualquier momento y sin fecha límite, lo mejor es enviarlo antes del día 10 del mes.
Ir a la siguiente notaEsto debido a que el sistema realiza un corte de nómina mensual para organizar los pagos. Si una persona envía la solicitud antes del día 10, el primer depósito se pagará en la fecha programada más próxima.
En cambio, si la envía el día 11 del mes o después, la solicitud entrará al ciclo de procesamiento del mes siguiente.
¿Cuándo se paga el Seguro de Cesantía?
El beneficiario recibirá el primer pago del seguro según la fecha en la que envió la solicitud:
- Si haces el trámite antes de cumplir 30 días desde el fin de contrato: debe esperar al cumplimiento de ese plazo, para que la solicitud entre al proceso de pago más próximo (los jueves).
- Si después de cumplir 30 días desde el fin del contrato: la solicitud entra al proceso de pago del jueves más cercano.
Tras enviar la solicitud, la AFC tiene hasta cinco días hábiles para aprobar o rechazar la petición y enviar el calendario con las fechas y montos del pago.
¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?
El trabajador debe ingresar a la Sucursal Virtual de la AFC (pulsa aquí), con el RUN y clave de acceso o con ClaveÚnica, y después presionar el botón de solicitud del Seguro.
Una vez hecho esto, tendrá que subir el finiquito o documento que demuestre el término del contrato, revisar la simulación del pago, confirmar sus datos y la modalidad de pago, y validar el envío de la solicitud con su cédula vigente y reconocimiento facial.
Requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía
La condición principal es estar cesante, bajo alguna causal contemplada en el Código del Trabajo o del Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública. También se requiere contar con:
- 10 cotizaciones mensuales pagadas: si el contrato era indefinido o de trabajador de casa particular.
- 5 cotizaciones: si el contrato era a plazo fijo, por obra o servicio.