Seguro de Cesantía: Así lo puedes cobrar sin finiquito
- Por Meganoticias
La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) permite a sus afiliados obtener el Seguro de Cesantía en caso de quedar sin empleo, para proteger sus ingresos mientras se reintegran al mercado laboral.
Es una ayuda económica que cubre parte del sueldo del trabajador, siempre que demuestre quedar desempleado, presentando el finiquito o cualquier documento que pruebe el término de contrato.
¿Qué necesito para cobrar el Seguro de Cesantía sin finiquito?
La AFC indica que, aunque el finiquito es el recaudo que suele entregarse al momento de solicitar el seguro, en caso de no tenerlo, el trabajador puede cargar alguno de los siguientes documentos alternativos:
- Carta de despido: emitida y firmada por el empleador.
- Comprobante de carta de despido: emitido oficialmente por la Dirección del Trabajo.
- Carta de renuncia: firmada por el trabajador y ratificada ante un ministro de fe (notario o inspector del trabajo), así como acreditar la recepción del empleador mediante firma/timbre de la empresa o comprobante de envío por correo certificado.
- Carta de mutuo acuerdo: firmada por ambas partes (trabajador y empleador) y ratificada ante un ministro de fe.
- Carta de autodespido (despido indirecto): firmada por el trabajador. Debe acreditar que el empleador la recibió (firma de recepción o comprobante de correo certificado/electrónico corporativo).
- Acta de avenimiento: firmada por el empleador, trabajador y un juez (o autorizada mediante resolución anexa).
- Acta de comparecencia o conciliación judicial: firmada por ambas partes y el juez.
- Conciliación ante la Dirección del Trabajo: firmada por empleador y trabajador (válida con firma digital y ClaveÚnica).
- Sentencia judicial: debe presentarse junto con el certificado que acredite que está ejecutoriada.
- Demanda laboral: aceptada solo si se acompaña del certificado de ingreso de la demanda en tribunales o una resolución del Tribunal.
- Contrato de trabajo menor a 30 días: basta con presentar el contrato firmado por ambas partes (si la relación laboral duró 30 días o menos).
- Certificado de término de relación laboral de la Inspección del Trabajo: válido para acreditar causales de vencimiento de plazo o conclusión de trabajo/servicio.
- Comunicación de término por quiebra: documento oficial que certifica la causal de insolvencia del empleador.
¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía sin finiquito?
El trámite es similar al habitual: ingresar a la Sucursal Virtual de AFC (pulsa aquí) y presionar la opción “Cobrar Seguro de Cesantía”.
Luego, debe completar el formulario correspondiente, verificar que los datos son correctos y subir el documento en formato digital (PDF, JPG, JPEG o PNG).