Pidió retirar sus fondos de AFP ya que padece un tumor cerebral: Se lo negaron y la Corte de Coyhaique ordenó reevaluar su caso
- Por Cristian Latorre
¿Qué pasó?
La Corte de Apelaciones de Coyhaique cuestionó el rechazo de la solicitud presentada por un hombre con un tumor cerebral y severas secuelas neurológicas, quien buscaba ser reconocido como enfermo terminal para acceder anticipadamente a sus ahorros previsionales.
El tribunal no determinó que el paciente sea un enfermo terminal ni ordenó la entrega de sus fondos. En cambio, dejó sin efecto la resolución que rechazó su solicitud y ordenó realizar una nueva evaluación médica, esta vez con una fundamentación suficiente y considerando los antecedentes adicionales que sean necesarios.
Según el fallo judicial al que tuvo acceso El Desconcierto, el paciente fue diagnosticado en julio de 2023 con un astrocitoma anaplásico grado III.
Ir a la siguiente notaTras el diagnóstico, fue sometido a una craneotomía para extraer el tumor y posteriormente recibió radioquimioterapia y tratamiento con Temozolamida.
De acuerdo con los antecedentes presentados ante el tribunal, el hombre quedó con afasia de expresión, pérdida de memoria, lentitud del pensamiento y una importante alteración de su estado de ánimo.
Solicitó acceder anticipadamente a sus fondos previsionales
Debido a su condición, el paciente solicitó acogerse a la Ley 21.309, que permite a las personas certificadas como enfermas terminales acceder a sus fondos previsionales mediante una renta temporal calculada a 12 meses.
Sin embargo, su solicitud fue rechazada por los organismos médicos correspondientes.
El Consejo Médico de Apelaciones sostuvo que los antecedentes disponibles no permitían concluir que el hombre tuviera una expectativa de vida inferior a 12 meses.
Entre los elementos considerados para adoptar esa decisión, el organismo señaló que una imagen de control no mostraba signos de reaparición ni restos del tumor.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
La Corte de Apelaciones de Coyhaique centró su análisis en la forma en que fue fundamentado el rechazo de la solicitud.
Según el fallo, el Consejo no explicó concretamente cuáles eran los criterios generales que el paciente incumplía para obtener la certificación como enfermo terminal.
Además, el tribunal señaló que el organismo tenía la posibilidad de solicitar antecedentes médicos adicionales antes de adoptar una decisión definitiva.
Para la Corte, debido a las características de una resolución de este tipo y las consecuencias que puede tener para una persona gravemente enferma, correspondía aplicar un “estándar reforzado de fundamentación”.
Por esta razón, la Corte de Apelaciones de Coyhaique dejó sin efecto la resolución del 11 de junio de 2026 y ordenó al Consejo Médico de Apelación efectuar una nueva evaluación.
El nuevo procedimiento deberá considerar los antecedentes médicos adicionales que sean necesarios y concluir con una decisión debidamente fundamentada.
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