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Corte de Valparaíso rechaza recursos vinculados a obras de reconstrucción en sector El Olivar

¿Qué pasó? 

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó, en tres fallos unánimes, los recursos de protección interpuestos por vecinos damnificados, una entidad patrocinante y una empresa constructora en contra de decisiones adoptadas en el marco de las obras de reconstrucción del sector El Olivar, en Viña del Mar, zona afectada por el megaincendio de febrero de 2024.

Las causas roles 3.217-2026 (que acumuló cinco recursos), 3.298-2026 y 4.273-2026 fueron resueltas por la Quinta Sala del tribunal, integrada por el ministro Rafael Corvalán y las ministras suplentes Ingrid Alvial y Sara Covarrubias, quienes concluyeron que las controversias planteadas son de naturaleza "técnica, contractual y administrativa" y exceden el margen del recurso de protección.

Según consta en las sentencias, notificadas el 17 de septiembre, el tribunal sostuvo que estos conflictos "no pueden ser resueltos mediante una acción cautelar y de urgencia como el recurso de protección, sino que requieren procedimientos que contemplen una etapa probatoria amplia".

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Los argumentos de los vecinos y la entidad patrocinante

En la causa rol 3.217-2026, vecinos del sector y la Entidad Patrocinante Social Arquitectura Limitada recurrieron contra el ministro de Vivienda y Urbanismo, Iván Poduje, por la paralización de las obras a cargo de Constructora San Sebastián Limitada.

La Corte determinó que el recurso "no es la vía idónea para declarar o interpretar derechos en disputa, ni para juzgar controversias emanadas de relaciones contractuales", y remarcó que "este tribunal no puede reemplazar el juicio técnico de los organismos competentes en materia de seguridad y habitabilidad de viviendas sociales".

Sin un acto que ordene la demolición

En la causa rol 3.298-2026, la propia Constructora San Sebastián recurrió contra el Ministerio de Vivienda por la paralización y por el anuncio de una eventual demolición de lo construido. Al respecto, el fallo precisó que "el mérito del proceso desvirtúa la existencia de un acto administrativo terminal o firme" que haya ordenado demoler, y añadió que los actos administrativos dictados carecen "de todo mandato o pronunciamiento que ordene la demolición de lo construido".

Suspensión en el registro de constructores

Finalmente, en la causa rol 4.273-2026, la constructora impugnó la resolución que suspendió provisionalmente su inscripción en el Registro Nacional de Constructores de Viviendas Sociales mientras se tramita un procedimiento sancionatorio en su contra.

La Corte señaló que determinar la responsabilidad técnica y contractual por los defectos detectados —entre ellos fallas de diseño, certificación de paneles y cumplimiento de normas de resistencia— "requiere un análisis pericial complejo" que excede la naturaleza cautelar del recurso de protección.

Con ello, la Corte de Valparaíso rechazó, sin costas, las tres acciones, dejando a salvo los derechos de los recurrentes para ejercerlos por las vías legales correspondientes.

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