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Iba a comprar casa con Subsidio DS19, pero el Serviu se lo quitó y Contraloría respaldó la decisión: ¿Cuáles son las razones?

La Contraloría General de la República (CGR) zanjó una polémica entre el Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) de la región del Biobío y una inmobiliaria, provocada porque el organismo excluyó a una mujer de la lista de beneficiarios de un subsidio habitacional que le permitía cumplir el sueño de la casa propia.

Al principio, ella cumplía todas las normas para adjudicarse el Subsidio DS19 —más conocido como Programa de Integración Social y que cofinancia la compra de una casa o departamento en barrios bien localizados y cercanos a servicios—, pero cometió una falta contemplada en el decreto que regula al beneficio.

¿Por qué el Serviu le quitó el Subsidio DS19 a la mujer del Biobío?

Cuando una persona se adjudica el DS19, antes de recibir las llaves de su nuevo hogar debe cumplir una tramitación, entre cuyos últimos pasos está la escritura de compraventa, básicamente, un contrato en el que el vendedor (en este caso, la inmobiliaria) le traspasa un inmueble al comprador (la exbeneficiaria).

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Para cerrar la transacción, la mujer le solicitó al Serviu el pago del subsidio, pero la entidad dependiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) se lo negó, porque descubrió un antecedente. Resulta que en el periodo comprendido entre la fecha de postulación al DS19 y el día de la escritura de compraventa, la mujer había comprado otro inmueble.

Esta situación vulneraba el artículo 29 del Decreto 19, el que postula que "no tendrán derecho a cobrar el subsidio habitacional, si el beneficiario o los integrantes del núcleo familiar declarado, con posterioridad a su postulación a una vivienda de un proyecto seleccionado y hasta la fecha de la respectiva escritura de compraventa, hubieren adquirido una vivienda o sitio a cualquier título".

Imagen referencial (Freepik)

Inmobiliaria reclamó contra el Serviu, pero no convenció a Contraloría

La inmobiliaria llevó el caso hasta la Contraloría Regional del Biobío, reclamando por la no concesión del subsidio, pero el organismo le dio la razón al Serviu. No conforme, elevó los antecedentes a la CGR. Como argumento, presentó dos ejemplos —diferentes a lo sucedido con la mujer— en los que se declaraba como "no correspondiente" la negación del pago por parte del Serviu.

También alegó por la imposibilidad de acceder al Sistema Rukan —plataforma del Minvu para el procesamiento y entrega de ayudas habitacionales— y la inexistencia de otros medios similares para corroborar y validar el cumplimiento de la prohibición establecida en el decreto.

Para su mala suerte, la Contraloría General de la República no hizo más que ratificar la decisión de su filial regional, pues además se descubrió en una revisión al contrato de compraventa entre la inmobiliaria, la exbeneficiaria y un banco, que el documento "no constaba en una escritura pública y que no aparecía que la recurrente tuviese la calidad de endosataria del subsidio", señala el dictamen de la CGR.

"Dado que no se han aportado nuevos antecedentes de hecho o de derecho, o elementos de juicio cuyo análisis permita variar lo sostenido por la Sede Regional del Biobío, no procede reconsiderar" el reclamo de la inmobiliaria, concluyó Víctor Hugo Merino, contralor general de la República subrogante.

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