Lo despidieron por necesidades de la empresa, pero no lograron argumentarlas: Ahora deben indemnizarlo
- Por Sofía Parra
¿Qué pasó?
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones interpuesta por un operador de grúa, quien demandó a su exempleadora, la sociedad Consorcio Industrial Alimentos SA.
El operador habría sido despedido por necesidades de la empresa, pero la magistrada Carmen Gloria Correa Valenzuela estableció que la sociedad fue incapaz de justificar las causales del despido.
Empresa no pudo justificar despido
"Si bien la carta no explicita, ni detalla los hechos que motivaron la desvinculación del actor, tampoco la demandada logró acreditar los hechos que la motivaron, pues no se demostraron los aspectos técnicos, financieros y económicos, que justificaran dicha decisión. Siendo insuficientes los dichos de la testigo", se expresó en el fallo.
Ir a la siguiente notaLa resolución sostuvo, además, que "la razón del despido debe centrarse en necesidades de carácter económico o tecnológico, esto es, que autoriza al empleador a despedir cuando no puede mantener la fuente laboral por motivos de naturaleza objetiva; en razón de lo anterior, los hechos que la constituyen deben ser ajenos a la voluntad de las partes".
Frente a esto, la justicia determinó que la causal invocada por la demandada resulta improcedente y acogió la demanda condenando a la empresa a pagar el incremento del 30% de la indemnización por años de servicio.
De esta forma, el Poder Judicial rechazó la excepción de finiquito y acogió parcialmente la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones, las cuales ascienden a un total aproximado de $4.638.257.
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