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Tribunal Constitucional declara admisible requerimiento que busca revocar indultos

¿Qué pasó?

Este jueves, el Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento que busca revocar parte de los indultos otorgados por el Presidente Gabriel Boric a condenados en el marco del estallido social y al exfrentista Jorge Mateluna.

El requerimiento fue presentado por senadores de Chile Vamos y Demócratas, y apunta a siete de los indultados, incluyendo a Mateluna.

¿Qué dijo el TC?

"Con esta fecha, el pleno del Tribunal Constitucional integrado por su presidenta, ministra señora Nancy Yáñez Fuenzalida, los ministros señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y José Ignacio Vázquez Márquez, la ministra señora María Pía Silva Gallinato, los ministros señores Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores y la ministra señora Daniela Marzi Muñoz, resolvió declarar la admisibilidad de los siete requerimientos de inconstitucionalidad deducidos por un grupo de honorables senadoras y senadores de la República en relación a decretos supremos que concedieron indultos particulares, con una prevención del ministro señor Pozo, quien estuvo por escuchar alegatos antes de resolverlo anterior", detalló el TC.

"Al tenor de lo previsto en la Ley N° 17.997, orgánica constitucional del Tribunal Constitucional, se otorgará traslado a su excelencia el Presidente de la República y al señor contralor general de la República, para que, en un plazo de diez días y si lo estiman pertinente, se pronuncien sobre el asunto sometido a la decisión del Tribunal", agregó.

Además, precisó que "posteriormente, esta Magistratura resolverá sobre el fondo de los requerimientos escuchando los alegatos de las partes en audiencia pública".

El requerimiento

El requerimiento detalla que "el decreto Impugnado (indulto) constituye un caso manifiesto de desviación de fin o desviación de poder, donde se ha utilizado la letra y el texto del artículo 32 numeral 14 de nuestra Constitución, para una finalidad distinta a la establecida por el poder constituyente originario y derivado".

En ese sentido, sostiene que se procedió "inconstitucionalmente a una verdadera revisión de sentencias judiciales, actividad que como hemos señalado es privativa de los órganos que constitucionalmente se encuentran habilitados para ejercer jurisdicción, y que en materia penal, corresponde exclusivamente a los tribunales de justicia".

¿Qué dijo el Gobierno?

Minutos antes de conocer la resolución del TC, el ministro de Justicia, Luis Cordero, indicó que "si el TC declara admisible esos requerimientos, el lugar donde se va a producir esa discusión va a ser en el Tribunal, porque la Contraloría tiene una regla que le impide pronunciarse en hechos que tienen carácter de litigioso".

Afirmó que "los actos están en base a unos expedientes que están tramitados como clásicamente se han tramitado los indultos. Hay reglas para acceder a los indultos, hay reglas sobre las cuales opera la seccionalidad, que es la forma y modo en que se ha realizado la potestad de indultos desde el retorno a la democracia".

"Por lo tanto, vamos a defender en tribunales los actos y sus expedientes de acuerdo con las reglas vigentes, pero también a las prácticas institucionales y a la jurisprudencia previa que ha existido sobre estos temas", añadió.

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