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Madre da batalla legal para que su hija menor de 3 años sea vacunada contra el Covid: Recurso de protección fue acogido

¿Qué pasó?

Una madre de una niña menor de tres años presentó un recurso de protección ante de la Corte de Apelaciones de Santiago, para que su hija sea vacunada contra el coronavirus, pese a que actualmente el programa de inoculación del Ministerio de Salud (Minsal) no incluye a este grupo etario.

La acción judicial ya fue acogida por el tribunal de alzada, aunque aún se puede apelar a la determinación de la Justicia.

Ordenan incluir a menores entre 6 meses y 3 años

De este modo, la Corte de Apelaciones le ordenó al Ministerio de Salud incluir en el programa de vacunación contra el Covid-19, bajo las indicaciones del Instituto de Salud Pública (ISP), a los menores de entre seis meses y tres años.

 

ATON

 

En el fallo se estableció que existe un actuar arbitrario e ilegal al rechazar la inoculación de la hija de la mujer que interpuso el recurso de protección, en contravención de los derechos del niño y con vulneración de la garantía constitucional a la vida y a la integridad física de los menores de dicho grupo etario.

¿Qué dijo la Corte de Apelaciones?

"Es menester proteger el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de todos los niños y niñas que se encuentren en el rango etario que va entre los seis meses y tres años de edad, toda vez que, de acuerdo a las prescripciones del organismo técnico –ISP– resulta conveniente acceder a su inoculación", detalla el fallo.

"En relación a la no inclusión de los niños entre los seis meses y tres años de edad en el Programa Nacional de Vacunación contra el Covid-19, pese a encontrarse autorizado por el ISP desde agosto de 2022, la recurrida no dio a conocer los motivos o fundamentos para incurrir en esa omisión, por cuanto solo ha expresado que configura una decisión de política pública que incluye distintos pasos a seguir, pero no ha dado contexto a la dilación en cuanto a aquella no ha podido ser plasmada en estos cinco meses", agrega.

"Omisión arbitraria e ilegal"

En ese sentido, sostiene que "es posible concluir que la recurrida ha incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, pues se encuentra acreditado en autos que, técnicamente, le asiste a los niños y niñas entre los seis meses y tres años de edad, la inclusión en el Programa Nacional de Vacunas contra el Covid-19".

"El proceso de vacunación debe en primer término, ser avalado por el organismo técnico –ISP– y todas las decisiones que se adopten a su respecto, no tener el carácter de discriminatorias, por cuanto resulta ser imperativo que la política pública incluya a todos los habitantes del país, sin hacer distinciones entre personas que se encuentren en una misma situación", añade la Corte de Apelaciones.

No hay justificación para la decisión tomada por el Minsal

El fallo recalca la necesidad de velar "por la vida, integridad física e interés superior de los niños y niñas entre los seis meses y tres años de edad, por cuanto la vacunación es vital para impedir la propagación del virus, lo que ha quedado demostrado con la baja en los contagios y en la tasa de mortalidad a raíz de la puesta en marcha de dicho proceso".

"En los términos que han sido expuestos, no se advierte razón que justifique y legitime la determinación de no incluir en el Programa Nacional de Vacunación al grupo etario antes signado, como tampoco la conducta omisiva de la recurrida", afirma.

"Ninguna de estas conductas u omisiones resultan aceptables desde la perspectiva de la garantía constitucional de la igualdad, sin perjuicio que además ellas producen una afectación del derecho a la protección a la salud que le asiste a los niños y niñas entre los seis meses y tres años de edad", asevera.

¿Desde qué edad se vacuna actualmente?

En agosto de 2022, el Instituto de Salud Pública aprobó la aplicación de vacunas contra el coronavirus de los laboratorios Pfizer, Sinovac y Moderna, en menores desde los seis meses de edad.

Sin embargo, el Minsal descartó incluir a este grupo y se continuó realizando el programa de inoculación desde los tres años en adelante.

Cabe señalar que esto no contempla a los grupos que reciben la vacuna bivalente, donde sólo se contempla a la población de riesgo y mayores de 50 años.

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