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Empresa de buses pagará $15 millones a pasajero tras accidente: Él pedía indemnización megamillonaria

¿Qué pasó?

Una conocida empresa de buses interurbanos está obligada a pagar una indemnización por concepto de daño moral, equivalente a $15 millones, a un pasajero que sufrió lesiones tras un accidente de tránsito ocurrida en octubre de 2014.

El fallo fue unánime en la cuarta sala de la Corte Suprema y, por ser este tribunal la última instancia judicial, la organización ya no puede apelar a la sentencia, por lo que sí o sí deberá acatar la condena.

Por aquel accidente, el pasajero aseguró en su demanda que sufrió varios daños físicos, entre los que se encontraba una fractura expuesta, el húmero de su brazo derecho quebrado en tres partes, una arteria rota y varios injertos de piel.

¿Cómo fue el accidente?

Los hechos se remontan a la mañana del 13 de octubre de 2014, cuando el bus de la empresa demandada cursaba un recorrido desde La Serena hacia Arica. Cerca de las 05:30 horas, el chofer perdió el control de la máquina y se desvió hacia la derecha, volcándose y quedando a unos 50 metros de la calzada.

Casi un año más tarde, en agosto de 2015, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta dictaminó una sentencia condenatoria para el conductor del bus, condenándolo a 818 días de reclusión. Además, se le suspendió la licencia de conducir por dos años y debió pagar las costas de la causa, "en su calidad de autor de un cuasidelito de homicidio y de lesiones graves", se señala en el fallo de primera instancia.

Indemnización pudo ser megamillonaria

En su demanda, el afectado indica que sufrió tres tipos de daños:

  • "Daño emergente". El pasajero incluye en su demanda daños a su vestimenta; gastos de traslado a controles médicos, alojamiento, alimentación; consultas psiquiátricas; y gastos en fármacos. Todo da un total de $950.000.
  • "Lucro cesante": se entiende como pérdida de una ganancia. Cuando ocurrió el accidente, al afectado le restaban 12 años y dos meses para jubilarse, pero estos hechos le imposibilitaron seguir con su trabajo, así que perdió los sueldos que habría recibido si el viaje se hubiese desarrollado de forma normal. Por ello, exigió un pago de $54.253.366.
  • "Daño moral": entendido como afección que tiene su fundamento en el dolor, sufrimiento o molestia que el hecho ilícito ocasiona en los sentimientos o afectos de una persona, según dice el documento. A raíz del accidente, la víctima acusó problemas para dormir, así que solicitó $90 millones.

Sumando todos los montos exigidos, la indemnización pudo ser equivalente a $145.203.366. Sin embargo, la Corte Suprema rechazó el daño emergente y el lucro cesante, y solo aceptó el de daño moral, pero rebajando la cifra solicitada a $15 millones.