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Convención aprueba la creación de la Corte Constitucional que reemplazaría al TC

  • Por Meganoticias-Aton

¿Qué pasó?

El Pleno de la Convención Constitucional aprobó en la noche del martes la creación de la Corte Constitucional, que busca reemplazar al Tribunal Constitucional, pero con atribuciones más limitadas.

¿Qué se sabe de la norma?

Sobre la Corte Constitucional, se define como un “órgano autónomo, técnico y profesional, encargado de ejercer la justicia constitucional con la finalidad de garantizar la supremacía de la Constitución”. Se agrega que “sus resoluciones se fundarán únicamente en razones de derecho”.

Se demarcó que sus 11 miembros deben ser abogadas o abogados, con idoneidad y más de 15 años de ejercicio profesional, durarán nueve años en sus cargos, sin posibilidad de reelección, y se renovarán por parcialidades cada tres años.

A su vez, no podrán postular los que hayan ocupado cargos de elección popular, los que hayan sido ministros del Estado u otros cargos de confianza del gobierno durante los dos años anteriores a la elección. Después de terminar su cargo, durante los 18 meses siguientes “no podrán postularse a ningún cargo de elección popular ni de exclusiva confianza de alguna autoridad”.

Sin embargo, el Pleno rechazó el artículo que planteaba los criterios para el nombramiento de los integrantes de la Corte y que establecía que cuatro de los miembros serían elegidos por el Consejo de Alta Dirección Pública, tres designados por el Presidente de la República a través de ternas propuestas por el Consejo de Alta Dirección Pública y cuatro por el Consejo de Justicia. Dicho texto fue devuelto a la comisión para que realice modificaciones.

Se aprobó, también, el artículo que dice que los jueces de la Corte “son independientes de todo otro poder y gozan de inamovilidad, pero que podrán ser cesados de sus cargos por haber cumplido su periodo, por incapacidad legal sobreviniente, por renuncia, por sentencia penal condenatoria, por remoción, enfermedad incompatible con el ejercicio de la función u otra causa establecida por la ley”.

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