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Este aviso se cerrará en segundos

Piñera busca reemplazar decreto de 1983 que obliga a pedir autorización para reuniones públicas

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

El Presidente Sebastián Piñera anunció este martes que buscará reemplazar el Decreto 1086, publicado en septiembre de 1983, el cual establece la obligación de pedir autorización para realizar reuniones en lugares públicos. 

Se trata de una norma promulgada durante la dictadura militar en donde se especifica que se debe dar aviso con dos días hábiles de anticipación a la Intendencia o Gobernación para realizar cualquier reunión o manifestación pública, y que las autoridades podrán aceptar o rechazar dicho aviso. 

En paralelo, dicha norma establece que las Fuerzas de Orden y Seguridad Publica podrán disolver cualquiera de estas actividades que no cumplan con los requisitos señalados, aunque esta sea pacífica.

¿Qué dijo Piñera?

"En las próximas semanas, y fruto de una amplia participación ciudadana, enviaremos un Proyecto de Ley para remplazar un Decreto de 1983, y garantizar y regular el derecho a la reunión pacífica, permitiendo su libre ejercicio, respetando los derechos de los demás y conforme a los principios y estándares internacionales", señaló Piñera.

¿Qué dice el decreto?

Dentro de los requisitos que pone la norma actualmente vigente, se encuentra que el aviso de la actividad a las autoridades debe ser "por escrito y firmado por los organizadores de la reunión, con indicación de su domicilio, profesión y número de su cédula de identidad. Deberá expresar quiénes organizan dicha reunión, qué objeto tiene, dónde se iniciará, cuál será su recorrido, donde se hará uso de la palabra, qué oradores lo harán y dónde se disolverá la manifestación".

"El Intendente o Gobernador, en su caso, pueden no autorizar las reuniones o desfiles en las calles de circulación intensa y en calles en que perturben el tránsito público", señala el decreto.

Disolución

En paralelo, se establece que "si llegare a realizarse alguna reunión que infrinja las anteriores disposiciones, podrá ser disuelta por las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública".

También, la citada norma detalla qué elementos son considerados como armas por parte de los asistentes a este tipo de reuniones. 

"Se considera que las reuniones se verifican con armas, cuando los concurrentes lleven palos, bastones, fierros, herramientas, barras metálicas, cadenas y, en general, cualquier elemento de naturaleza semejante. En tal caso las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública ordenarán a los portadores entregar esos utensilios, y si se niegan o se producen situaciones de hecho, la reunión será disuelta", dispone.

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