Bono de $30 mil por niño: ¿Quiénes lo recibirán después de marzo de 2027?
- Por Vicente Guzmán
Hace unos días se convirtió en ley el nuevo Bono Extraordinario de Apoyo a la Niñez, beneficio que otorga en una sola ocasión un pago de $30.000 por cada niño o niña de hasta 13 años de edad que cumpla con los requisitos establecidos.
Si bien la mayoría de los beneficiarios recibirá el pago durante este año, existe un grupo específico cuyo beneficio se hará efectivo recién en marzo de 2027.
¿Quiénes reciben el bono después de marzo de 2027?
El beneficio contempla dos fechas de pago:
- Pago en 2026: Corresponde a los niños y niñas de hasta 13 años que, al 1 de junio de 2026, pertenezcan al 80% de los hogares más vulnerables del país según el Registro Social de Hogares.
- Pago en 2027: Corresponde a los niños y niñas nacidos entre el 2 de junio de 2026 y el 15 de marzo de 2027, cuyos hogares pertenezcan al 80% de los hogares más vulnerables de la población de acuerdo al Registro Social de Hogares.
Para este último grupo, el pago se realizará con posterioridad al 15 de marzo de 2027, una vez que se confeccione la nómina correspondiente sobre la base de la información entregada por el Registro Civil.
En estos casos, además, solo será beneficiaria del bono la madre consignada como tal en la inscripción de nacimiento del menor ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, sin aplicarse las reglas generales del bono.
¿Quién recibe el bono en el caso general?
Para los niños y niñas ya nacidos antes del 1 de junio de 2026, el beneficiario se determina según un orden estricto:
- Quien reciba el Subsidio Familiar de la Ley N°18.020 por ese menor.
- Si no corresponde lo anterior, quien reciba la Asignación Familiar y Maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
- Si no corresponde, quien tenga derecho al subsidio establecido en el artículo 35 de la Ley N°20.255.
- Si no corresponde, quien reciba las transferencias del subsistema Seguridades y Oportunidades.
- Si ninguna de las situaciones anteriores aplica, el beneficio será para el jefe o jefa de hogar.
En el caso de niños y niñas bajo cuidado alternativo familiar —acogimiento en familia extensa, familias de confianza o familias de acogida acreditadas—, el beneficiario será quien ejerza legalmente su cuidado, sin exigirse el requisito de pertenencia al 80% más vulnerable.
¿Cómo se paga el bono?
El pago estará a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS), en una sola cuota, priorizando modalidades de pago electrónico.
Sin embargo, quienes retiren el dinero de forma presencial, el bono deberá ser cobrado dentro de un plazo máximo de nueve meses desde su emisión.
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