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Bono por Hijo: Estas personas pueden recibirlo de por vida

Uno de los beneficios estatales más importantes que reciben las madres es el Bono por Hijo, un dinero que se paga al momento de jubilarse, por cada hijo nacido vivo o adoptado.

Es un aporte económico que incrementa el monto de la pensión tanto de madres biológicas como adoptivas, quienes pueden recibirlo incluso de por vida bajo algunas condiciones.

¿Quiénes reciben el Bono por Hijo de forma vitalicia?

Según ChileAtiende, la duración vitalicia está dirigida para beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), desde el 1 de julio de 2009 o después.

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En cambio, las madres que solo estén afiliadas a una AFP lo recibirán junto con la pensión hasta que se agote la totalidad del acumulado.

¿Cómo solicitar el Bono por Hijo?

Si la página de consulta de requisitos indica que puede recibirlo, el sistema permitirá ingresar con la ClaveÚnica para enviar la solicitud. También se puede realizar con la cédula de identidad en la Sucursal Virtual, sucursal ChileAtiende, oficina de la AFP, en el municipio o compañía de seguros.

Requisitos para obtener el Bono por Hijo

Las madres podrán postular al beneficio si son mayores de 65 años, tienen más de 20 años de residencia en Chile y cumplen una de las siguientes condiciones:

  • Está afiliada a una AFP y obtuvo la pensión el 1 de julio de 2009 o después.
  • Es titular de una Pensión Garantizada Universal.
  • No está afiliada a un régimen previsional, recibe la Pensión Garantizada Universal y una Pensión de Sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), desde el 1 de julio de 2009 o después.

Monto del Bono por Hijo

El beneficio genera ganancias en la cuenta previsional de la madre desde el nacimiento de cada hijo, pero la cantidad a entregar puede variar.

Para los hijos nacidos el 1 de julio de 2009 o después, equivale al 10% de 18 sueldos mínimos vigentes en el mes del nacimiento. En cambio, el sueldo mínimo se calcula con base en $165.000 (vigente en julio de 2009) si los hijos nacieron antes de esa fecha.

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