Aguinaldo de Navidad: Esta es la fecha en que comienzan los pagos
- Por Cristian Latorre
Se acerca la Navidad y con ella los gastos propios de las celebraciones de fin de año. Para aliviar este escenario, el Estado entrega cada año el Aguinaldo de Navidad, dirigido tanto a pensionados como a trabajadores del sector público.
Uno de los principales cuestionamientos sobre este beneficio es su fecha de pago, especialmente cuando noviembre está por terminar y diciembre se aproxima. Aquí te contamos cuándo se paga y cómo puedes recibirlo.
¿Cuándo se paga el Aguinaldo de Navidad?
La fecha de pago depende del sector al que pertenezcas:
Pensionados
El aguinaldo se pagará junto a la pensión de diciembre en las siguientes fechas:
- Pensionados del IPS: lunes 1 de diciembre
- Pensionados de AFP: desde el miércoles 17 de diciembre
Los jubilados que cumplan los requisitos recibirán $29.055, más $16.415 por cada carga familiar acreditada al 30 de noviembre.
Ir a la siguiente notaTrabajadores públicos
El aguinaldo se pagará junto a la remuneración de diciembre:
- Quienes reciben sueldo los días 18 y 19: lo obtendrán el jueves 18 y viernes 19 de diciembre
- Quienes cobran los días 21, 22, 23 y 24: lo recibirán el lunes 22 de diciembre
Se espera que el monto supere los $68.865 y $36.427 (cifras de 2024), según el rango salarial del funcionario en noviembre. Sin embargo, el valor final depende del reajuste de remuneraciones que se discute en noviembre.
Únete a nuestro canal de Whatsapp¿Quiénes tienen derecho al Aguinaldo de Navidad?
El beneficio se entrega sin postulación a empleados públicos y pensionados, siempre que cumplan los requisitos legales:
Trabajadores públicos
Deben desempeñar cargos de planta o a contrata al 1 de diciembre de 2025 en instituciones como:
- Establecimientos educacionales estatales
- Municipalidades
- Hospitales públicos
- Ministerios, entre otros
Eso sí, quienes ingresen al sector público después del 1 de diciembre no recibirán el aguinaldo.
Pensionados
Deben recibir pensión al 30 de noviembre de 2025 de alguna de estas instituciones o legislaciones:
- Instituto de Previsión Social (PGU o Pensión Básica Solidaria de Invalidez)
- AFP, compañía de seguros o Aporte Previsional Solidario
- Excaja de previsión o exservicio de seguro social
- Ley 16.744 por accidente laboral (mutualidades o Instituto de Seguridad Laboral)
- Leyes de reparación (Rettig o Valech)
- Dipreca o Capredena
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