Aguinaldo de Navidad: Esta es la fecha en que se paga para pensionados y trabajadores del sector público
- Por Cristian Latorre
Se acerca la Navidad y con ella los gastos propios de las celebraciones de fin de año. Para aliviar este escenario, el Estado entrega cada año el Aguinaldo de Navidad, dirigido tanto a pensionados como a trabajadores del sector público.
Uno de los principales cuestionamientos sobre este beneficio es su fecha de pago, especialmente cuando noviembre está por terminar y diciembre se aproxima. Aquí te contamos cuándo se paga y cómo puedes recibirlo.
¿Cuándo se paga el Aguinaldo de Navidad?
La fecha de pago depende del sector al que pertenezcas:
Pensionados
El aguinaldo se pagará junto a la pensión de diciembre en las siguientes fechas:
- Pensionados del IPS: lunes 1 de diciembre
- Pensionados de AFP: desde el miércoles 17 de diciembre
Los jubilados que cumplan los requisitos recibirán $29.055, más $16.415 por cada carga familiar acreditada al 30 de noviembre.
Ir a la siguiente notaTrabajadores públicos
El aguinaldo se pagará junto a la remuneración de diciembre:
- Quienes reciben sueldo los días 18 y 19: lo obtendrán el jueves 18 y viernes 19 de diciembre
- Quienes cobran los días 21, 22, 23 y 24: lo recibirán el lunes 22 de diciembre
Se espera que el monto supere los $68.865 y $36.427 (cifras de 2024), según el rango salarial del funcionario en noviembre. Sin embargo, el valor final depende del reajuste de remuneraciones que se discute en noviembre.
¿Quiénes tienen derecho al Aguinaldo de Navidad?
El beneficio se entrega sin postulación a empleados públicos y pensionados, siempre que cumplan los requisitos legales:
Trabajadores públicos
Deben desempeñar cargos de planta o a contrata al 1 de diciembre de 2025 en instituciones como:
- Establecimientos educacionales estatales
- Municipalidades
- Hospitales públicos
- Ministerios, entre otros
Eso sí, quienes ingresen al sector público después del 1 de diciembre no recibirán el aguinaldo.
Pensionados
Deben recibir pensión al 30 de noviembre de 2025 de alguna de estas instituciones o legislaciones:
- Instituto de Previsión Social (PGU o Pensión Básica Solidaria de Invalidez)
- AFP, compañía de seguros o Aporte Previsional Solidario
- Excaja de previsión o exservicio de seguro social
- Ley 16.744 por accidente laboral (mutualidades o Instituto de Seguridad Laboral)
- Leyes de reparación (Rettig o Valech)
- Dipreca o Capredena
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