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¿Buscando la casa propia? A estos subsidios habitacionales puedes postular en 2024

Es cierto que las condiciones socioeconómicas del último tiempo han complejizado el sueño de la casa propia, pero el Estado posee una amplia oferta de beneficios para las familias que desean acceder a la vivienda y cumplan los requisitos que se exigen.

Son subsidios habitacionales que se distinguen por sus destinatarios, los montos que otorgan para el financiamiento de la compra de la propiedad y el precio máximo que debe tener el inmueble que se desea, entre otras características. 

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Las postulaciones de la ayudas estatales más populares están disponibles en periodos específicos del año mediante llamados nacionales, cuyas fechas son anunciadas oportunamente por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).

¿A qué beneficios habitacionales puedo postular en 2024?

Subsidio DS1

El Subsidio DS1 está destinado a las familias de clase media que no son propietarias de algún inmueble y tienen capacidad de ahorro. Mediante él, los interesados pueden comprar una vivienda o construir un hogar en un sitio propio.

Está destinado para todas las personas que reúnan las siguientes condiciones:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con cédula de identidad vigente (postulantes extranjeros deben tener su cédula de identidad para extranjeros vigente).
  • Acreditar una cuenta de ahorro que tenga, al menos, 12 meses de antigüedad.
  • Contar con el ahorro mínimo que exigen los respectivos tramos.
  • No superar el porcentaje de calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH), según lo que exija cada tramo (Tramo 1: hasta el 60%; Tramo 2: hasta el 80%; y Tramo 3: hasta el 90%).

Entre todos los requisitos expuestos, al que deben prestarle mayor atención las familias es el que corresponde al ahorro mínimo. El Minvu es la entidad que informa la cifra que se debe tener depositada en la cuenta, junto con establecer la fecha límite para tener el dinero.

Por el momento, el ministerio no ha dado a conocer oficialmente las fechas de postulación del primer llamado nacional de 2024. Sin embargo, tanto en 2022 como en 2023, el proceso de solicitud se abrió durante la tercera semana de abril, específicamente el día 18 de aquel mes.

 

Imagen referencial (Freepik)

 

Subsidio DS19

También conocido como Programa de Integración Social y Territorial, el Subsidio DS19 tiene la particularidad de que se solicita directamente en una inmobiliaria (en cualquier fecha del año), aunque también pueden acceder a él quienes ya tienen un subsidio para comprar una vivienda, como el DS1, siempre que existan inmuebles por el valor correspondiente a este beneficio.

Para obtenerlo hay que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Poseer cédula de identidad vigente.
  • Contar con el ahorro mínimo en una cuenta de ahorro para la vivienda.
  • Pertenecer hasta al 90% del Registro Social de Hogares (RSH).
  • No tener una propiedad (postulante, cónyuge, conviviente civil o integrantes del grupo familiar declarado).

Cabe recordar que el Minvu habilitó un nuevo sistema de inscripción a proyectos habitacionales compatibles con el DS19. En él, las familias pueden:

  • Conocer los proyectos DS19 que se desarrollan en su región de residencia y sus características.
  • Participar en igualdad de condiciones de un proceso público que las ordena según criterios establecidos previamente, con factores de priorización objetivos y transparentes.
  • Enterarse de los resultados oportunamente y al mismo tiempo que todas las que hayan participado del proceso.

La apertura de estos procesos públicos dependerá del avance de las construcciones de los edificios o condominios que sean seleccionados con DS19 desde 2022, lo que significa que la fecha de inicio de las inscripciones no será la misma en todas las regiones.

Específicamente, los procesos se habilitarán cuando un proyecto habitacional seleccionado alcance un 10% de avance en sus obras. Cumplida esta meta, el Serviu de cada región implementará, en su respectivo sitio web, el sistema de inscripción.

 

Imagen referencial (Freepik)

 

Fogaes

El Fondo de Garantías Especiales (Fogaes) facilita el otorgamiento de créditos hipotecarios desde los bancos hacia las familias y garantiza hasta el 10% del valor de una vivienda que se desea comprar, independiente de si es nueva o usada. Así, las entidades bancarias cubren hasta el 90% del precio de la propiedad con un hipotecario.

Quienes deseen acceder al financiamiento deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Ser persona natural (no empresa, fundación, corporación, entre otros).
  • Que el hipotecario sea para financiar una primera vivienda con la intención de habitarla.
  • No contar con una propiedad habitacional.
  • Que el valor de la vivienda no supere las 4.500 unidades de fomento.
  • No haber recibido ningún tipo de subsidio o beneficio estatal previo para el financiamiento de la vivienda.
  • No estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos.
  • Que no haya sido beneficiado anteriormente del Fogaes.
  • Cumplir con la evaluación crediticia propia de cada institución.

El Fogaes se puede solicitar hasta el 3 de abril de 2024 en nueve instituciones financieras: BancoEstado, Santander, Scotiabank, Banco Internacional, BCI, Itaú, Bice, Falabella y Coopeuch.

Subsidio DS49

La gran ventaja del Subsidio DS49 es que permite a las familias más vulnerables del país comprar una vivienda, sin necesidad de acceder a un crédito hipotecario, como sí es posible con el resto de los subsidios habitacionales.

El DS49 entrega un aporte base de 314 UF, cifra que puede aumentar según la ubicación geográfica de la vivienda y mediante otros subsidios complementarios, según las características del grupo familiar que postula y la vivienda que se pretende comprar.

Los requisitos para postular al Subsidio DS49 son:

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Postular con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Tener el ahorro mínimo de 10 Unidades de Fomento (UF) acreditado en la fecha que corresponda (según el mes en que postulen). Actualmente son $368.639.
  • Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge o conviviente civil).
  • Pertenecer al tramo del 40% de la población con menos recursos, de acuerdo con la calificación socioeconómica establecida en el RSH.
  • No poseer una vivienda ni ser beneficiarios de otro subsidio habitacional.

Las postulaciones individuales y colectivas de 2024 aún no han sido anunciadas por el Minvu.

 

Imagen referencial (Freepik)

 

Leasing habitacional

El Leasing Habitacional se caracteriza por ir en ayuda de personas que pueden pagar un arriendo, pero no tienen la opción de generar un ahorro suficiente para postular a los subsidios para acceder a una casa propia.

En ese sentido, da la opción de comprar la vivienda que actualmente se está arrendando mediante la promesa de compraventa de ella.

Los requisitos generales para postular al Leasing son:

  • Ser mayor de edad.
  • Estar inscrito en el Registro Único de Inscritos del Serviu. El interesado no puede tener más de una inscripción en el registro.
  • No ser propietarios de una vivienda (postulante y cónyuge).
  • No haber sido beneficiados anteriormente con vivienda o subsidio habitacional proporcionado por el Estado o las municipalidades (postulante y cónyuge).
  • Ser titular de una Cuenta de Ahorro para Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa (cuenta ahorro "Leasing Habitacional"), el postulante o el cónyuge.
  • No tener suscrito más de un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa con una o más sociedades inmobiliarias (postulante o cónyuge).
  • No podrán inscribirse ambos cónyuges separadamente.
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Para solicitar este beneficio es necesario acudir hasta una oficina del Serviu (revisa aquí dónde están) o a la oficina del Minvu (ubicada en Serrano 23, Santiago) de lunes a viernes, de 8:30 a 13:30 horas.

Allí habrá que entregar los siguientes antecedentes:

  • Cédula de identidad del postulante y cónyuge (original y fotocopia).
  • Certificado de cuenta ahorro para leasing, de entidades financieras o cajas de compensaciones.

Este subsidio se puede gestionar en cualquier fecha del año, siempre que la persona cumpla con las condiciones establecidas.

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