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Subsidio de Cesantía: Conoce los requisitos para cobrar los pagos

  • Por Matías González Olguín

Además del Seguro de Cesantía, otro aporte disponible para los trabajadores sin empleo es el Subsidio de Cesantía, que representa una ayuda económica mensual, además del otorgamiento de otros beneficios.

Los pagos se entregan por periodos de 90 días, plazos que pueden renovarse si la o el beneficiario continúa en su condición de cesante. Eso sí, la vigencia de la ayuda concluye cuando se totalizan los 360 días.

En caso de obtener el subsidio, el usuario tiene derecho a recibir otras ayudas estatales, las que son monetarias y de salud.

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¿Qué necesito para solicitar el Subsidio de Cesantía?

El trabajador cesante debe pedir el subsidio en la institución previsional a la que pertenece, pudiendo ser el Instituto de Previsión Social (IPS) o una caja de compensación. Dependiendo de la entidad escogida, será este el organismo encargado de efectuar los pagos mensuales de la ayuda.

Para solicitarlo, se deben presentar los siguientes documentos en la institución correspondiente:

  • Cédula de identidad.
  • Formulario de solicitud de subsidio de cesantía, que se obtiene en los Centros de Atención del IPS - Chile Atiende o en la caja de compensación que corresponda.
  • Finiquito otorgado por el empleador.
  • Certificado de afiliación del IPS o AFP, según corresponda.
  • Fotocopia de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los trabajadores cesantes que deseen recibir el Subsidio de Cesantía, primero deben cumplir estas condiciones que estipula el IPS:

  • Tener, al menos, 52 semanas o 12 meses continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional (IPS o AFP), dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
  • Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía, pagado por la AFC).

¿Qué otros beneficios puedo recibir?

Quien sea beneficiario del subsidio tiene derecho a recibir: asistencia médica gratuita en consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud; Asignación Familiar y/o Maternal; y Asignación de Muerte, en caso de fallecer.

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