¿Cómo se calcula el feriado proporcional para los trabajadores?

Cuando termina una relación laboral, ya sea por renuncia o despido, el empleador tiene la obligación legal de compensar económicamente los días de vacaciones que el trabajador acumuló y no alcanzó a utilizar, lo que se conoce como feriado proporcional.

Para asegurar que el cálculo de este dinero sea justo y transparente, la legislación laboral chilena establece una fórmula exacta que todos deben conocer.

¿Cómo se calcula el feriado proporcional de un trabajador?

Para conocer la cantidad exacta de días que te deben indemnizar, la Dirección del Trabajo (DT) detalla los siguientes pasos:

  • Paso 1: se debe dividir el número de días de vacaciones anuales que le corresponden al trabajador (incluyendo si tiene días de vacaciones progresivas) por los 12 meses del año. Ejemplo: para 15 días legales, corresponde a 1,25 días por mes.
  • Paso 2: ese resultado se multiplica por la cantidad de meses y días sueltos trabajados desde la fecha de contratación (o desde la última vez que cumplió un año laboral) hasta la fecha de término del contrato. Esto arrojará los días hábiles a indemnizar.
  • Paso 3: esos días hábiles se deben contar en el calendario real, empezando a correr desde el día hábil inmediatamente siguiente a la fecha de término del contrato.
  • Paso 4: a ese conteo en el calendario se le deben sumar todos los días inhábiles (sábados, domingos y festivos) que queden atrapados dentro de ese período. El resultado final es el número total de días que el empleador debe pagar.

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¿Cómo se calcula el monto en dinero del feriado proporcional?

Una vez que se conoce el número total de días a favor del trabajador (hábiles e inhábiles), estos deben multiplicarse por su valor diario.

Para determinar cuál es el valor diario en dinero, la normativa establece tres escenarios dependiendo de cómo sea la remuneración:

  • Si tiene sueldo fijo: el cálculo se realiza basándose exclusivamente en tu sueldo base.
  • Si tiene sueldo exclusivamente variable: se calcula promediando lo que ganó en los últimos tres meses trabajados. Esto aplica, por ejemplo, a comisionistas o trato.
  • Si tiene sueldo mixto: se calcula sumando el sueldo base más el promedio de las remuneraciones variables.

Al momento de hacer la base de este cálculo, el empleador no solo debe considerar los 15 días de vacaciones legales (o 20 en zonas extremas), sino que debe incluir los días de vacaciones progresivas sumados sí corresponden por los años de servicio.

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