Le cambiaron horario y funciones sin su consentimiento: Deberán indemnizarla
- Por Ariel Araya
Una trabajadora logró que la justicia respaldara su autodespido tras denunciar que la empresa había modificado sus funciones y su jornada laboral sin su consentimiento ni un anexo contractual.
La denuncia de la trabajadora
La mujer ingresó a la compañía Comercial y Gastronómica Rupanco en septiembre de 2018 para desempeñarse como cajera. Esa era la labor establecida al momento de su contratación.
Según quedó acreditado en el juicio, desde noviembre de 2023 comenzó a realizar tareas de operaria, entre ellas preparar alimentos y limpiar el local. Además, pasó de trabajar principalmente en la mañana a cumplir turnos de tarde y cierre.
Ir a la siguiente notaLa trabajadora aseguró que nunca aceptó esas modificaciones y que la empresa tampoco formalizó los cambios mediante un anexo contractual.
Empresa deberá pagar millonaria indemnización
El caso fue revisado por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Aunque rechazó la acción de tutela laboral, acogió la demanda por despido indirecto al concluir que existió un incumplimiento grave del contrato.
La sentencia ordenó el pago de $591.000 por indemnización sustitutiva del aviso previo, $3.546.000 por años de servicio y un recargo legal del 50%, equivalente a $1.773.000.
La empresa presentó un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Argumentó que el autodespido no estaba justificado y que las modificaciones estaban permitidas por la cláusula de polifuncionalidad.
Sin embargo, la Duodécima Sala descartó esos argumentos y concluyó que la causal utilizada no era la adecuada para cuestionar la gravedad de los hechos.
Además, recordó que "la gravedad constituye un concepto indeterminado por el legislador, cuyo contenido dependerá del carácter particular de la inobservancia".
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